/ martes 20 de noviembre de 2018

De policías y militares

En alguna ocasión escuché a un conferencista decir que Kafka era México y que México era Kafka, haciendo referencia a la inusual sucesión de hechos fuera de toda lógica y racionalidad que en la cotidianeidad acaecen por estos andurriales; el mismo expositor comentó que si este novelista hubiese vivido en nuestro país, sería un escritor costumbrista. Cuánta razón tienen algunos y qué capacidad de prever el futuro en sus generalidades insospechadas.

Estas reflexiones vienen a colación en relación a sucesos recientes: el mismo día, y casi a la misma hora, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que es notoriamente contraria a la Carta Magna y a su espíritu más íntimo, la Ley de Seguridad Interior, los representantes legítimos de la nueva Presidencia de la República (Cuarta) presentaban el intitulado Plan Nacional de Paz y Seguridad, el cual, palabras de más, palabras de menos, otorga, de manera definitiva y sin rubores, el mando de todas las labores policiales, entre otras cosas, y en todos los niveles de gobierno, a las fuerzas castrenses de este país.

Recordemos por un momento que la declarada inconstitucional e inválida Ley de Seguridad Interior daba competencia a las fuerzas armadas (ejército, fuerza aérea y marina), para que pudiesen participar en labores de seguridad interior, seguridad nacional, labores de policía, o como quiera que se desee llamar a esa obligación del Estado de reprimir, perseguir e investigar hechos delictivos. Los ínclitos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación restregaron en la cara a los ignaros legisladores federales el texto literal del artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas”.

Conforme al citado Plan Nacional de Paz y Seguridad presentado por este novísimo y todavía no iniciante gobierno, no sólo se pretende legitimar y legalizar la participación de los militares en labores de seguridad (cualquier tipo de seguridad que se nos ocurra) y persecución del delito, sino que se busca darles el mando único, personal e indivisible en dichas labores. Palabras más, palabras menos es lo que se deduce de la iniciativa en comento.

¿Y el texto y el espiritu de la Ley Suprema que restringe tales labores a las fuerzas castrenses? No problema, dijo el Gringo: refórmese la Constitución.


En alguna ocasión escuché a un conferencista decir que Kafka era México y que México era Kafka, haciendo referencia a la inusual sucesión de hechos fuera de toda lógica y racionalidad que en la cotidianeidad acaecen por estos andurriales; el mismo expositor comentó que si este novelista hubiese vivido en nuestro país, sería un escritor costumbrista. Cuánta razón tienen algunos y qué capacidad de prever el futuro en sus generalidades insospechadas.

Estas reflexiones vienen a colación en relación a sucesos recientes: el mismo día, y casi a la misma hora, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que es notoriamente contraria a la Carta Magna y a su espíritu más íntimo, la Ley de Seguridad Interior, los representantes legítimos de la nueva Presidencia de la República (Cuarta) presentaban el intitulado Plan Nacional de Paz y Seguridad, el cual, palabras de más, palabras de menos, otorga, de manera definitiva y sin rubores, el mando de todas las labores policiales, entre otras cosas, y en todos los niveles de gobierno, a las fuerzas castrenses de este país.

Recordemos por un momento que la declarada inconstitucional e inválida Ley de Seguridad Interior daba competencia a las fuerzas armadas (ejército, fuerza aérea y marina), para que pudiesen participar en labores de seguridad interior, seguridad nacional, labores de policía, o como quiera que se desee llamar a esa obligación del Estado de reprimir, perseguir e investigar hechos delictivos. Los ínclitos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación restregaron en la cara a los ignaros legisladores federales el texto literal del artículo 129 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas”.

Conforme al citado Plan Nacional de Paz y Seguridad presentado por este novísimo y todavía no iniciante gobierno, no sólo se pretende legitimar y legalizar la participación de los militares en labores de seguridad (cualquier tipo de seguridad que se nos ocurra) y persecución del delito, sino que se busca darles el mando único, personal e indivisible en dichas labores. Palabras más, palabras menos es lo que se deduce de la iniciativa en comento.

¿Y el texto y el espiritu de la Ley Suprema que restringe tales labores a las fuerzas castrenses? No problema, dijo el Gringo: refórmese la Constitución.