/ martes 21 de mayo de 2019

De reformas laborales

El primero de mayo de los corrientes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo, formalizándose lo que se conoce como la Novísima Reforma Laboral, la cual ha sido cacaraqueada como un logro más a favor de la clase trabajadora y como un parangón de excelsa justicia y que nos va a llevar a situarnos como un país donde se vive plenamente un estado de Derecho en pro de los asalariados nacionales. Así se ha dicho.

El contenido de esta modificación legal, se puede resumir en los siguientes puntos: se establecen los tribunales laborales, en lugar de las odiosas y odiadas juntas de conciliación y arbitraje, con lo que se pasa al poder judicial la facultad para resolver los conflictos laborales; se establecen los llamados “juicios orales laborales”, con todas las características técnicas de estos procedimientos jurisdiccionales; se crea una unidad de peritos judiciales; se estable la obligación del Estado de proporcionar asesoría jurídica laboral en la materia; y se establecen los mecanismos para la contratación del personal que prestará sus servicios en estos tribunales y los plazos para que entren en funciones, que será el 2 de mayo de 2022 para tribunales locales y el 2 de mayo de 2023 para tribunales federales; entre otros aspectos de relevancia.

La reforma laboral que aquí se plantea implica un gran reto para la justicia del país en cuanto a su implementación, pues deberán abrirse una cantidad importante de estas instancias judiciales, tanto a nivel local, como a nivel federal, que tendrán competencia en resolver los conflictos entre trabajadores y patronos. Sólo a nivel federal se calcula que hubo en 2017 alrededor de cien mil juicios, elevándose a la décima o vigésima potencia estos números en el ámbito local. Cabe añadir que la apertura de un gran número de juzgados de esta índole implica el acondicionamiento, adquisición o renta de un número todavía indeterminado de inmuebles donde habrán de funcionar, la contratación de un grandísimo e indeterminado número de personas, profesionistas, técnicos y auxiliares que vendrán a constituir el material humano necesario para la prestación del servicio judicial que se les está asignado, aunado a los recursos materiales, léase muebles, computadoras, servicios de toda índole (de internet, de limpieza, etcétera), que son indispensables para que este sueño de justicia se lleve a cabo cabalmente.

A mi me hubiese gustado que, junto con las modificaciones legales que se hicieron a la Ley Federal del Trabajo, se hubiese hecho un plan de negocios o mínimo un cálculo presupuestario de lo que costará a la Federación y a cada uno de los Estados del país la implementación de este Novísimo modelo de Justicia Laboral, pues busqué y rebusqué en los antecedentes y en los demás documentos de trabajo relacionados con esta reforma y no existe ni siquiera una estimación vaga de los pesos y centavos que se requerirán para este proyecto.

Esta falta de mínima de planeación y presupuestación es lo que siempre ha sido causa del fracaso de muchísimos proyectos e ideas de gran envergadura en materia de justicia y estado de Derecho, y que se echan a andar sin saber siquiera lo que van a costar. Y para muestra basta el botón de la llamada reforma penal, con sus ideales juicios orales, que ya va para dos décadas de su arranque y todavía siguen existiendo innumerables fallas en su diseño e implementación, y todo porque a nadie se le ocurrió preguntar el monto de los recursos económicos para construir ese andamiaje jurídico propio de países del primer mundo.

Ojalá no pase lo mismo con esta Novísima Reforma Laboral.

El primero de mayo de los corrientes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo, formalizándose lo que se conoce como la Novísima Reforma Laboral, la cual ha sido cacaraqueada como un logro más a favor de la clase trabajadora y como un parangón de excelsa justicia y que nos va a llevar a situarnos como un país donde se vive plenamente un estado de Derecho en pro de los asalariados nacionales. Así se ha dicho.

El contenido de esta modificación legal, se puede resumir en los siguientes puntos: se establecen los tribunales laborales, en lugar de las odiosas y odiadas juntas de conciliación y arbitraje, con lo que se pasa al poder judicial la facultad para resolver los conflictos laborales; se establecen los llamados “juicios orales laborales”, con todas las características técnicas de estos procedimientos jurisdiccionales; se crea una unidad de peritos judiciales; se estable la obligación del Estado de proporcionar asesoría jurídica laboral en la materia; y se establecen los mecanismos para la contratación del personal que prestará sus servicios en estos tribunales y los plazos para que entren en funciones, que será el 2 de mayo de 2022 para tribunales locales y el 2 de mayo de 2023 para tribunales federales; entre otros aspectos de relevancia.

La reforma laboral que aquí se plantea implica un gran reto para la justicia del país en cuanto a su implementación, pues deberán abrirse una cantidad importante de estas instancias judiciales, tanto a nivel local, como a nivel federal, que tendrán competencia en resolver los conflictos entre trabajadores y patronos. Sólo a nivel federal se calcula que hubo en 2017 alrededor de cien mil juicios, elevándose a la décima o vigésima potencia estos números en el ámbito local. Cabe añadir que la apertura de un gran número de juzgados de esta índole implica el acondicionamiento, adquisición o renta de un número todavía indeterminado de inmuebles donde habrán de funcionar, la contratación de un grandísimo e indeterminado número de personas, profesionistas, técnicos y auxiliares que vendrán a constituir el material humano necesario para la prestación del servicio judicial que se les está asignado, aunado a los recursos materiales, léase muebles, computadoras, servicios de toda índole (de internet, de limpieza, etcétera), que son indispensables para que este sueño de justicia se lleve a cabo cabalmente.

A mi me hubiese gustado que, junto con las modificaciones legales que se hicieron a la Ley Federal del Trabajo, se hubiese hecho un plan de negocios o mínimo un cálculo presupuestario de lo que costará a la Federación y a cada uno de los Estados del país la implementación de este Novísimo modelo de Justicia Laboral, pues busqué y rebusqué en los antecedentes y en los demás documentos de trabajo relacionados con esta reforma y no existe ni siquiera una estimación vaga de los pesos y centavos que se requerirán para este proyecto.

Esta falta de mínima de planeación y presupuestación es lo que siempre ha sido causa del fracaso de muchísimos proyectos e ideas de gran envergadura en materia de justicia y estado de Derecho, y que se echan a andar sin saber siquiera lo que van a costar. Y para muestra basta el botón de la llamada reforma penal, con sus ideales juicios orales, que ya va para dos décadas de su arranque y todavía siguen existiendo innumerables fallas en su diseño e implementación, y todo porque a nadie se le ocurrió preguntar el monto de los recursos económicos para construir ese andamiaje jurídico propio de países del primer mundo.

Ojalá no pase lo mismo con esta Novísima Reforma Laboral.