/ miércoles 24 de marzo de 2021

“Entre suspensiones, críticas y apagones”

Después de un largo período lleno críticas al proyecto de reforma a la Industria eléctrica abanderado por distintos sectores de la población, desde ambientalistas hasta empresarios dedicados a la generación de energía, el pasado 9 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva Ley de la Industria Eléctrica. Fuera de toda lógica democrática la indicación fue: “no moverle ni una coma”: su paso por el poder legislativo estaba destinado a ser un mero trámite burocrático debido a las mayorías aplastantes en ambas cámaras.

Como era de esperarse inmediatamente comenzó una lluvia de amparos presentados en contra de la reforma, se estima que son aproximadamente 40 demandas —de las que se tiene conocimiento— (El Economista). A los pocos días de la presentación de los amparos el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica. Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó, primero, suspensión provisional a la aplicación de la Ley y después la definitiva (con efectos generales) a las empresas que impugnaron la legislación. Ante la suspensión, el presidente condenó públicamente la actuación del juzgador (con nombre y apellido) e informó la decisión de solicitar al presidente de la Suprema Corte de Justicia que, por medio del Consejo de la Judicatura, se inicie una investigación con relación a la actuación del juzgador.

El caso particular es sumamente enriquecedor analíticamente ya que muestra el estado actual del “juego” o interacción entre los distintos poderes de la unión. Desde la óptica democrática parece que cada vez más nos alejamos del modelo político normativo ideal, cuya propuesta básica es que las decisiones políticas sean tomadas mediante un procedimiento de deliberación democrática, esto es, con base en el diálogo y tomando en cuenta la participación de todos aquellos que se ven afectados por la decisión en particular. Carecemos de lo esencial: diálogo, debate y reflexión; por lo menos en lo que hace a la interacción del Ejecutivo y Legislativo.

Por otro lado, debe preocuparnos como ciudadanía que públicamente se realice el linchamiento de un juez por una decisión tomada con base en el Derecho vigente. ¿Queremos un gobierno de los hombres o un gobierno de leyes? En una sociedad moderna que se autoproclama como democrática y constitucional, la pregunta debería ser irrelevante y parece que no lo es. Siguiendo las ideas de David García Sarubbi y Karla L. Quintana Osuna, no hay que olvidar que desde la aprobación de la Constitución en 1917, esta ha encontrado en el juicio de amparo su principal y, por varias décadas, su único medio de justiciabilidad, principalmente a través del llamado amparo contra leyes, el cual ha permitido al poder judicial ejercer el equivalente al Judicial Review estadounidense.

El freno a la aplicación de la Ley era inevitable. Como reacción a este, el presidente anunció que de ser necesario presentará una iniciativa de reforma a la Constitución a efecto de dar un marco normativo favorable para su aplicación. Habrá que estar al pendiente de la situación y mantenernos críticos al respecto.

[1] David Garcia Sarubbi y Karla L. Quintana Osuna. (2017). El daño expresivo de las leyes. Estigmatización por orientación sexual. Su control de constitucional. En La Suprema Corte y el Matrimonio igualitario en México(107). Ciudad de México: Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.

Después de un largo período lleno críticas al proyecto de reforma a la Industria eléctrica abanderado por distintos sectores de la población, desde ambientalistas hasta empresarios dedicados a la generación de energía, el pasado 9 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva Ley de la Industria Eléctrica. Fuera de toda lógica democrática la indicación fue: “no moverle ni una coma”: su paso por el poder legislativo estaba destinado a ser un mero trámite burocrático debido a las mayorías aplastantes en ambas cámaras.

Como era de esperarse inmediatamente comenzó una lluvia de amparos presentados en contra de la reforma, se estima que son aproximadamente 40 demandas —de las que se tiene conocimiento— (El Economista). A los pocos días de la presentación de los amparos el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica. Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó, primero, suspensión provisional a la aplicación de la Ley y después la definitiva (con efectos generales) a las empresas que impugnaron la legislación. Ante la suspensión, el presidente condenó públicamente la actuación del juzgador (con nombre y apellido) e informó la decisión de solicitar al presidente de la Suprema Corte de Justicia que, por medio del Consejo de la Judicatura, se inicie una investigación con relación a la actuación del juzgador.

El caso particular es sumamente enriquecedor analíticamente ya que muestra el estado actual del “juego” o interacción entre los distintos poderes de la unión. Desde la óptica democrática parece que cada vez más nos alejamos del modelo político normativo ideal, cuya propuesta básica es que las decisiones políticas sean tomadas mediante un procedimiento de deliberación democrática, esto es, con base en el diálogo y tomando en cuenta la participación de todos aquellos que se ven afectados por la decisión en particular. Carecemos de lo esencial: diálogo, debate y reflexión; por lo menos en lo que hace a la interacción del Ejecutivo y Legislativo.

Por otro lado, debe preocuparnos como ciudadanía que públicamente se realice el linchamiento de un juez por una decisión tomada con base en el Derecho vigente. ¿Queremos un gobierno de los hombres o un gobierno de leyes? En una sociedad moderna que se autoproclama como democrática y constitucional, la pregunta debería ser irrelevante y parece que no lo es. Siguiendo las ideas de David García Sarubbi y Karla L. Quintana Osuna, no hay que olvidar que desde la aprobación de la Constitución en 1917, esta ha encontrado en el juicio de amparo su principal y, por varias décadas, su único medio de justiciabilidad, principalmente a través del llamado amparo contra leyes, el cual ha permitido al poder judicial ejercer el equivalente al Judicial Review estadounidense.

El freno a la aplicación de la Ley era inevitable. Como reacción a este, el presidente anunció que de ser necesario presentará una iniciativa de reforma a la Constitución a efecto de dar un marco normativo favorable para su aplicación. Habrá que estar al pendiente de la situación y mantenernos críticos al respecto.

[1] David Garcia Sarubbi y Karla L. Quintana Osuna. (2017). El daño expresivo de las leyes. Estigmatización por orientación sexual. Su control de constitucional. En La Suprema Corte y el Matrimonio igualitario en México(107). Ciudad de México: Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.