/ lunes 20 de diciembre de 2021

Insistiendo en temas de justicia

En la colaboración pasada realizábamos una somera y constructiva crítica a ciertas estrategias de comunicación del Ministro Presidente de la Suprema Corte, y que en términos generales se relacionaban con el contenido de las ideas que se pretendían transmitir a través de modernas herramientas digitales, y, mas precisamente, sobre la desvinculación evidente entre los reclamos más sentidos de todos los mexicanos en temas de justicia y lo que consideran en esa instancia judicial son esas demandas concretas. Exponíamos el ejemplo que, mientras en un TikTok se nos cacareaba, cual gallina que acabara de poner el huevo más hermoso del mundo, una resolución que decretaba el derecho inalienable de los padres de anotar a sus hijos los apellidos (paterno o materno), en el orden que se quisiera, esa superior instancia le daba la vuelta a decidir y determinar, mediante sentencias, un número indeterminado de asuntos, algunos de los cuales se han planteado desde hace más de tres años, y que, en términos más precisos contienen algunas de las demandas de justicia más sentidas en el país.

Sobre estos temas que no se han abordado por la el máximo tribunal, y sobre algunos otros, quisiéramos seguir abundando e insistiendo, debido a su trascendencia en el ámbito jurídico.

Desde hace aproximadamente tres años, algunas instancias de gobierno, particulares y asociaciones privadas, por considerar que algunas leyes o determinaciones del poder ejecutivo son violatorias de la Constitución Política o de algunos Tratados Internacionales, han promovido Juicios de Amparo, Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, donde se pide a esa instancia estudie el caso y declare la invalidez de esos actos de autoridad por considerar que son contrarios a estas normas superiores.

Entre las reformas legales, nuevas leyes o decretos, cuya inconstitucionalidad se ha planteado se encuentran: las reformas fiscales que versan sobre la inconstitucionalidad de los tipos penales en materia fiscal que criminalizan como delincuencia organizada la emisión, uso, etcétera de las llamadas facturas falsas y todos los aspectos relacionados con éstas, y donde, todos sabemos, se ha puesto en la misma canasta de calificación criminal a narcotraficantes y a empresarios, por considerar estas leyes que algún tipo de defraudación fiscal es equiparables a los delitos en contra de la seguridad nacional; de igual forma, se ha puesto en tela de juicio en varios procedimientos constitucionales diversas normas procesales del nuevo sistema de justicia penal, cómo aquéllas disposiciones legales que amplían, fuera de la Carta Magna, el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, y también las reglas aplicables para que se aplique la prisión preventiva justificada; adicionalmente a los anteriores, existen paralizados varios juicios relativos a la inconstitucionalidad de leyes y decretos que autorizan el uso del ejército en labores no relacionadas estrictamente con la disciplina militar, también sobre la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, sobre el presupuesto de los llamados órganos autónomos, sobre la Ley Nacional de Extinción de Dominio, sobre la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, sobre la Ley de la Guardia Nacional; sobre las reformas en materia energética, de austeridad presupuestal, de organización y funcionamiento de la administración pública y los que se acumulen.

Los anteriores asuntos, decíamos, inexplicablemente están atorados en los vericuetos burocráticos de la Corte, sin que nadie sepa porqué no se pasan al Pleno, o la instancia que corresponda, para que se emita la resolución que corresponda, en el sentido que sea, pero que de a millones de personas certeza jurídica sobre la constitucionalidad o no de lo planteado.

Si a lo anterior adicionamos los reclamos insistentes del gremio de abogados litigantes sobre miles o cientos de miles de expedientes judiciales de toda índole, prácticamente suspendidos por motivos de la pandemia; la ausencia de garantías para que los jueces y magistrados federales dicten sus sentencias con absoluta independencia, lejos de los ataques de que día a día son objeto; y los problemas de implementación y funcionamiento adecuado del nuevo sistema de justicia penal, tendremos claro los llamados “pendientes” de la Corte (y del Consejo de la Judicatura Federal).

En la colaboración pasada realizábamos una somera y constructiva crítica a ciertas estrategias de comunicación del Ministro Presidente de la Suprema Corte, y que en términos generales se relacionaban con el contenido de las ideas que se pretendían transmitir a través de modernas herramientas digitales, y, mas precisamente, sobre la desvinculación evidente entre los reclamos más sentidos de todos los mexicanos en temas de justicia y lo que consideran en esa instancia judicial son esas demandas concretas. Exponíamos el ejemplo que, mientras en un TikTok se nos cacareaba, cual gallina que acabara de poner el huevo más hermoso del mundo, una resolución que decretaba el derecho inalienable de los padres de anotar a sus hijos los apellidos (paterno o materno), en el orden que se quisiera, esa superior instancia le daba la vuelta a decidir y determinar, mediante sentencias, un número indeterminado de asuntos, algunos de los cuales se han planteado desde hace más de tres años, y que, en términos más precisos contienen algunas de las demandas de justicia más sentidas en el país.

Sobre estos temas que no se han abordado por la el máximo tribunal, y sobre algunos otros, quisiéramos seguir abundando e insistiendo, debido a su trascendencia en el ámbito jurídico.

Desde hace aproximadamente tres años, algunas instancias de gobierno, particulares y asociaciones privadas, por considerar que algunas leyes o determinaciones del poder ejecutivo son violatorias de la Constitución Política o de algunos Tratados Internacionales, han promovido Juicios de Amparo, Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, donde se pide a esa instancia estudie el caso y declare la invalidez de esos actos de autoridad por considerar que son contrarios a estas normas superiores.

Entre las reformas legales, nuevas leyes o decretos, cuya inconstitucionalidad se ha planteado se encuentran: las reformas fiscales que versan sobre la inconstitucionalidad de los tipos penales en materia fiscal que criminalizan como delincuencia organizada la emisión, uso, etcétera de las llamadas facturas falsas y todos los aspectos relacionados con éstas, y donde, todos sabemos, se ha puesto en la misma canasta de calificación criminal a narcotraficantes y a empresarios, por considerar estas leyes que algún tipo de defraudación fiscal es equiparables a los delitos en contra de la seguridad nacional; de igual forma, se ha puesto en tela de juicio en varios procedimientos constitucionales diversas normas procesales del nuevo sistema de justicia penal, cómo aquéllas disposiciones legales que amplían, fuera de la Carta Magna, el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, y también las reglas aplicables para que se aplique la prisión preventiva justificada; adicionalmente a los anteriores, existen paralizados varios juicios relativos a la inconstitucionalidad de leyes y decretos que autorizan el uso del ejército en labores no relacionadas estrictamente con la disciplina militar, también sobre la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, sobre el presupuesto de los llamados órganos autónomos, sobre la Ley Nacional de Extinción de Dominio, sobre la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, sobre la Ley de la Guardia Nacional; sobre las reformas en materia energética, de austeridad presupuestal, de organización y funcionamiento de la administración pública y los que se acumulen.

Los anteriores asuntos, decíamos, inexplicablemente están atorados en los vericuetos burocráticos de la Corte, sin que nadie sepa porqué no se pasan al Pleno, o la instancia que corresponda, para que se emita la resolución que corresponda, en el sentido que sea, pero que de a millones de personas certeza jurídica sobre la constitucionalidad o no de lo planteado.

Si a lo anterior adicionamos los reclamos insistentes del gremio de abogados litigantes sobre miles o cientos de miles de expedientes judiciales de toda índole, prácticamente suspendidos por motivos de la pandemia; la ausencia de garantías para que los jueces y magistrados federales dicten sus sentencias con absoluta independencia, lejos de los ataques de que día a día son objeto; y los problemas de implementación y funcionamiento adecuado del nuevo sistema de justicia penal, tendremos claro los llamados “pendientes” de la Corte (y del Consejo de la Judicatura Federal).