Incorporarse a la actividad del servicio público, implica una gran responsabilidad. De la toma de decisiones depende, en muchas de las ocasiones, que un apoyo, un servicio, una atención una voluntad, no se pierda o se atrase para la satisfacción de un servicio a los ciudadanos y para ello existe una base en común que es conocida y aplicada en el quehacer de los trabajadores, el Código de Ética.
Todo Servidor Público debe salvaguardar la eficiencia, economía, transparencia, honradez, imparcialidad, legalidad y lealtad en el desempeño de sus empleos, cargos o comisión, anteponer los principios y valores dejando atrás el egoísmo y el interés propio; combatir negligencias, abandonos, perezas y engaños; logrando con ello procesos administrativos de calidad, funcionarios públicos profesionales y comprometidos socialmente, cuya actuación se refleje en una mejor administración pública y en la satisfacción de la ciudadanía.
Al interior de la Oficina del Gobernador, (antes conocida como la Secretaría Particular) se trabaja con un sustento en la legalidad y con valores éticos de respeto, con unidad, armonía y calidad en el trato. Hay un orden, hay principios y se refleja en resultados.
Se trabaja con honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, honestidad, responsabilidad, solidaridad y en equipo, respetando los sistemas nacional y estatal Anticorrupción.
El Código de Ética de los Servidores Públicos, tiene como propósito principal ser el instrumento que sirva de base en el desempeño de sus actividades; en él se define la dirección institucional a través de un conjunto de principios, valores y conductas éticas y morales que conducen al trabajador al respeto de normas laborales jurídicas dispuestas para dirigir su actuación en un sentido recto, en el quehacer del empleo, cargo o comisión que le ha sido conferido.
Los Principios que todos observan en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función son:
- Legalidad: Los Servidores Públicos hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión…
- Honradez: Los Servidores Públicos se conducen con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones…
- Lealtad: Los Servidores Públicos corresponden a la confianza que el Estado les ha conferido; tienen una vocación absoluta de servicio a la sociedad y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;
- Imparcialidad: Los Servidores Públicos dan a los ciudadanos y a la población en general el mismo trato, no conceden privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permiten que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva;
- Eficiencia: Los Servidores Públicos actúan conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.
Poco a poco lo vamos logrando y los resultados son evidentes.