/ lunes 9 de diciembre de 2019

La intitulada Ley Olimpia

Existe una equivocada tendencia a creer que cambiando las leyes que rigen la conducta de la sociedad en una época y en un lugar determinado, vamos a cambiar la realidad. Así piensan las extendidas generalidades, y por ello la mayoría de los llamados titulares de los órganos de gobierno y políticos en general, aprovechan esta circunstancia de ignorancia social yacente, para hacernos creer que se preocupan por nuestros problemas y que están haciendo algo al respecto.

Y allí tenemos, sólo por poner ejemplos, que cuando aumenta el índice de secuestros, robos a casa habitación, u homicidios, pues, prestos, estos embaucadores se auto nombran como titulares de la solución adecuada para el problema en cuestión: promueven una iniciativa de ley para aumentar, qué digo en treinta años, en quinientos años las penas que se aplicarán, a partir de la fecha, a cualquier secuestrador, violador o congénere similar. Y con eso piensan que van a acabar con el problema en cuestión y, de paso, se llenan la boca haciendo declaraciones a cuento medio de comunicación los escuche “promueve el diputado fulanito, aumento de setecientos años de cárcel a violadores, protegiendo a las mujeres de su Estado”, “promueve la bancada del partido azul con morado iniciativa de ley para castigar con setenta años de prisión al que le dé una patada a su perro en la calle, y en su casa también, convirtiendo al Estado en paradigma de la protección de los inocentes caninos”, “presenta gobernador del Estado X, Y o Z, iniciativa de ley para castigar con pena de doscientos años de cárcel a aquél que tire una bolsa de basura de plástico no biodegradable en la calle, su entidad será pionera en la protección al medio ambiente”, “promueve senadora sutanita que se castigue con la hoguera eterna y el envío inmediato al infiero al esposo que en las próximas navidades se gaste su aguinaldo en prostíbulos de mala muerte, con lo que esta entidad se convertirá en el reino viviente de los hogares felices”, y así, ad infinitum y ad nauseam, se lee todos los días o se escucha o se ve en los medios de comunicación.

Y es que con estas acciones y circunstancias descritas y generalizadas a lo largo y lo ancho de país son de preocupar dos cuestiones principales: la primera es que, lo que disuade a un delincuente de cometer algún delito no es la amenaza de la pena establecida en una ley (que, además probablemente ni conozca), sino la efectividad en la aplicación de la misma, pues de nada nos sirve con la amenaza de imponer quinientos años de cárcel a los homicidas cuando el nivel de impunidad a nivel nacional en este delito ronda el 95%, es decir, que los criminales tienen este porcentaje de probabilidades de no ser castigados. El segundo aspecto que nos concierne es esa tendencia irracional, ilógica y desmesurada de querer castigar en el ámbito penal cualquier conducta que, legítima o ilegítimamente, un grupo de personas o unas pocas personas, o la sociedad en su conjunto, ello no importa, consideran indeseables, es decir, la tendencia a penalizar casi todas las acciones probables de un ser humano. En la actualidad ya casi todo es delito, es lo que yo denomino como la “esquizofrenia penal del siglo XXI”, esa tendencia a prohibir, con la amenaza de cárcel, cualquier conducta considerada indeseable.

Y para muestra, allí esa intitulada Ley Olimpia, aprobada ya en varios Estados, y por aprobarse en en Código Penal Federal y que reza, más o menos: “Se impondrán de cuatro a ocho años (o de diez a veinte, sería lo de menos) a quien por cualquier medio, difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.

Cuando leí tan irresponsable y anti técnica redacción de este tipo penal, no supe si reír, llorar, o de plano pensar que, realmente, estamos viviendo en esa esquizofrenia penal aludida, pues, entendiendo de fondo la problemática que se pretende solucionar, pero creo que lo más adecuado es que estos intentos de legisladores se auxilien de penalistas y expertos en la materia para establecer la descripción correcta y adecuada del tipo penal aludido, pues lo que comprendo es que se debe castigar al autor inicial o primero que toma la imagen o video e indebidamente los difunde, y no a los cibernautas y adictos al Whatsapp que de manera absolutamente inocente y sin conocimiento de causa ni antecedentes puedan hacer circular algún material de este tipo a sus amigos o conocidos.

Por lo pronto, y para evitar esa terrible amenaza de castigo a punto de aprobarse y convertirse en delito federal, procedo a salirme de todos esos demoniacos grupos de difusión de mensajería que tengo en mi teléfono celular y a borrar para siempre y toda la eternidad cualquier imagen de algún desnudo que me hayan enviado, no vaya a ser que la susodicha expuesta no haya consentido la toma de tan agraciado fotograma. No es broma.

Existe una equivocada tendencia a creer que cambiando las leyes que rigen la conducta de la sociedad en una época y en un lugar determinado, vamos a cambiar la realidad. Así piensan las extendidas generalidades, y por ello la mayoría de los llamados titulares de los órganos de gobierno y políticos en general, aprovechan esta circunstancia de ignorancia social yacente, para hacernos creer que se preocupan por nuestros problemas y que están haciendo algo al respecto.

Y allí tenemos, sólo por poner ejemplos, que cuando aumenta el índice de secuestros, robos a casa habitación, u homicidios, pues, prestos, estos embaucadores se auto nombran como titulares de la solución adecuada para el problema en cuestión: promueven una iniciativa de ley para aumentar, qué digo en treinta años, en quinientos años las penas que se aplicarán, a partir de la fecha, a cualquier secuestrador, violador o congénere similar. Y con eso piensan que van a acabar con el problema en cuestión y, de paso, se llenan la boca haciendo declaraciones a cuento medio de comunicación los escuche “promueve el diputado fulanito, aumento de setecientos años de cárcel a violadores, protegiendo a las mujeres de su Estado”, “promueve la bancada del partido azul con morado iniciativa de ley para castigar con setenta años de prisión al que le dé una patada a su perro en la calle, y en su casa también, convirtiendo al Estado en paradigma de la protección de los inocentes caninos”, “presenta gobernador del Estado X, Y o Z, iniciativa de ley para castigar con pena de doscientos años de cárcel a aquél que tire una bolsa de basura de plástico no biodegradable en la calle, su entidad será pionera en la protección al medio ambiente”, “promueve senadora sutanita que se castigue con la hoguera eterna y el envío inmediato al infiero al esposo que en las próximas navidades se gaste su aguinaldo en prostíbulos de mala muerte, con lo que esta entidad se convertirá en el reino viviente de los hogares felices”, y así, ad infinitum y ad nauseam, se lee todos los días o se escucha o se ve en los medios de comunicación.

Y es que con estas acciones y circunstancias descritas y generalizadas a lo largo y lo ancho de país son de preocupar dos cuestiones principales: la primera es que, lo que disuade a un delincuente de cometer algún delito no es la amenaza de la pena establecida en una ley (que, además probablemente ni conozca), sino la efectividad en la aplicación de la misma, pues de nada nos sirve con la amenaza de imponer quinientos años de cárcel a los homicidas cuando el nivel de impunidad a nivel nacional en este delito ronda el 95%, es decir, que los criminales tienen este porcentaje de probabilidades de no ser castigados. El segundo aspecto que nos concierne es esa tendencia irracional, ilógica y desmesurada de querer castigar en el ámbito penal cualquier conducta que, legítima o ilegítimamente, un grupo de personas o unas pocas personas, o la sociedad en su conjunto, ello no importa, consideran indeseables, es decir, la tendencia a penalizar casi todas las acciones probables de un ser humano. En la actualidad ya casi todo es delito, es lo que yo denomino como la “esquizofrenia penal del siglo XXI”, esa tendencia a prohibir, con la amenaza de cárcel, cualquier conducta considerada indeseable.

Y para muestra, allí esa intitulada Ley Olimpia, aprobada ya en varios Estados, y por aprobarse en en Código Penal Federal y que reza, más o menos: “Se impondrán de cuatro a ocho años (o de diez a veinte, sería lo de menos) a quien por cualquier medio, difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima”.

Cuando leí tan irresponsable y anti técnica redacción de este tipo penal, no supe si reír, llorar, o de plano pensar que, realmente, estamos viviendo en esa esquizofrenia penal aludida, pues, entendiendo de fondo la problemática que se pretende solucionar, pero creo que lo más adecuado es que estos intentos de legisladores se auxilien de penalistas y expertos en la materia para establecer la descripción correcta y adecuada del tipo penal aludido, pues lo que comprendo es que se debe castigar al autor inicial o primero que toma la imagen o video e indebidamente los difunde, y no a los cibernautas y adictos al Whatsapp que de manera absolutamente inocente y sin conocimiento de causa ni antecedentes puedan hacer circular algún material de este tipo a sus amigos o conocidos.

Por lo pronto, y para evitar esa terrible amenaza de castigo a punto de aprobarse y convertirse en delito federal, procedo a salirme de todos esos demoniacos grupos de difusión de mensajería que tengo en mi teléfono celular y a borrar para siempre y toda la eternidad cualquier imagen de algún desnudo que me hayan enviado, no vaya a ser que la susodicha expuesta no haya consentido la toma de tan agraciado fotograma. No es broma.