/ jueves 30 de abril de 2020

La pandemia y los derechos humanos

Ha sido nuestra preocupación constante, durante esta crisis provocada por la pandemia del Covid – 19, el respeto irrestricto por parte de las autoridades de todos los niveles a los derechos humanos, garantías individuales, y, en general, al marco jurídico que rige su actuar, tanto en situaciones normales, como la que ahora nos tocó padecer.

Y esto no sería motivo de análisis, si no hubiésemos sido testigos, tanto de viva voz y cuerpo presente, como de oídas, de diversos actos de autoridad arbitrarios e inconstitucionales que todos los días emiten, por desgracia, nuestros intentos de gobernantes de cualquier esfera y nivel de gobierno.

Particularmente me ha llamado la atención cómo la sociedad en su conjunto queda pasmada, desarmada, desarticulada, incluso, en una indefensión absoluta ante actuaciones evidentemente ilegales que rayan hasta en lo caricaturesco y absurdo, reflejo de un México que creíamos en vías de superación por el establecimiento de esa quimera que se ha dado por denominar ilusoriamente como “estado de derecho”, y del cual, ahora sí, nos damos cuenta, que es una de las irrealidades kafkianas propias del más puro surrealismo jurídico nacional.

No me cansaré, por tanto, de insistir, que para que en nuestro país se puedan suspender de manera generalizada los derechos humanos y las prerrogativas que reconoce nuestra Constitución, se debe aplicar, de manera puntual, lo que dispone el artículo 29, el cual otorga única y exclusivamente facultades al Presidente de la República y al Congreso de la Unión para restringir o suspender en todo el país o en algún lugar determinado esos derechos y garantías, debiendo hacerse tal interrupción por un tiempo limitado y mediante una serie de prevenciones generales, es decir, mediante una reglamentación puntual que permita aclarar y aplicar ese estado de excepción.

De este numeral de nuestra Carta Magna, nos debe quedar muy claro a todos que ni los Gobernadores de los Estados, ni los Presidentes Municipales, del color y sabor que sean, ni los Congresos Locales, ni los Poderes Judiciales ni Federal ni locales, ni ninguna otra autoridad que no sea el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, conjuntamente con el Congreso de la Unión, pueden decidir suspender el goce de los derechos humanos y garantías individuales, entre las que señalaremos, a guisa de ejemplo: el derecho al libre tránsito, al trabajo, a la alimentación, al ingreso digno, al sano esparcimiento, a la salud, la libertad de de reunión, de asociación, la libre empresa, etcétera.

Lamentablemente lo que observamos todos los días es precisamente lo contrario a lo estipulado por nuestra Ley Suprema: Gobernadores y Presidentes Municipales, con ínfulas de Comandantes Supremos de la Tercera Guerra Mundial, impidiendo la entrada a “sus” territorios de personas provenientes de otras latitudes; bloqueos de calles y avenidas principales en muchas capitales y ciudades; colocación de filtros sanitarios en las demarcaciones de “sus” haciendas, donde colocan a unos practicantes de medicina para preguntar a los agobiados automovilistas “a dónde va, y de dónde viene, trae fiebre, pásele y perdón por las dos horas que lo hicimos esperar”; sargentos municipales cerrando comercios, negocios e industrias a ton ni son, evidentemente sin orden escrita, arrestando y golpeando a quien ose contradecir sus cavernarias órdenes; oficiales de policía arrestando y multando a cualquiera que encuentren y que consideren no trae asunto justificado para andar en la calle; y así, sería farragoso puntualizar todos los actos de autoridad violatorios de derechos humanos que se dan día con día en estos momentos.

Dale poder a la ignorancia y se convertirá en prepotencia, reza el sabio dicho.

Ha sido nuestra preocupación constante, durante esta crisis provocada por la pandemia del Covid – 19, el respeto irrestricto por parte de las autoridades de todos los niveles a los derechos humanos, garantías individuales, y, en general, al marco jurídico que rige su actuar, tanto en situaciones normales, como la que ahora nos tocó padecer.

Y esto no sería motivo de análisis, si no hubiésemos sido testigos, tanto de viva voz y cuerpo presente, como de oídas, de diversos actos de autoridad arbitrarios e inconstitucionales que todos los días emiten, por desgracia, nuestros intentos de gobernantes de cualquier esfera y nivel de gobierno.

Particularmente me ha llamado la atención cómo la sociedad en su conjunto queda pasmada, desarmada, desarticulada, incluso, en una indefensión absoluta ante actuaciones evidentemente ilegales que rayan hasta en lo caricaturesco y absurdo, reflejo de un México que creíamos en vías de superación por el establecimiento de esa quimera que se ha dado por denominar ilusoriamente como “estado de derecho”, y del cual, ahora sí, nos damos cuenta, que es una de las irrealidades kafkianas propias del más puro surrealismo jurídico nacional.

No me cansaré, por tanto, de insistir, que para que en nuestro país se puedan suspender de manera generalizada los derechos humanos y las prerrogativas que reconoce nuestra Constitución, se debe aplicar, de manera puntual, lo que dispone el artículo 29, el cual otorga única y exclusivamente facultades al Presidente de la República y al Congreso de la Unión para restringir o suspender en todo el país o en algún lugar determinado esos derechos y garantías, debiendo hacerse tal interrupción por un tiempo limitado y mediante una serie de prevenciones generales, es decir, mediante una reglamentación puntual que permita aclarar y aplicar ese estado de excepción.

De este numeral de nuestra Carta Magna, nos debe quedar muy claro a todos que ni los Gobernadores de los Estados, ni los Presidentes Municipales, del color y sabor que sean, ni los Congresos Locales, ni los Poderes Judiciales ni Federal ni locales, ni ninguna otra autoridad que no sea el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, conjuntamente con el Congreso de la Unión, pueden decidir suspender el goce de los derechos humanos y garantías individuales, entre las que señalaremos, a guisa de ejemplo: el derecho al libre tránsito, al trabajo, a la alimentación, al ingreso digno, al sano esparcimiento, a la salud, la libertad de de reunión, de asociación, la libre empresa, etcétera.

Lamentablemente lo que observamos todos los días es precisamente lo contrario a lo estipulado por nuestra Ley Suprema: Gobernadores y Presidentes Municipales, con ínfulas de Comandantes Supremos de la Tercera Guerra Mundial, impidiendo la entrada a “sus” territorios de personas provenientes de otras latitudes; bloqueos de calles y avenidas principales en muchas capitales y ciudades; colocación de filtros sanitarios en las demarcaciones de “sus” haciendas, donde colocan a unos practicantes de medicina para preguntar a los agobiados automovilistas “a dónde va, y de dónde viene, trae fiebre, pásele y perdón por las dos horas que lo hicimos esperar”; sargentos municipales cerrando comercios, negocios e industrias a ton ni son, evidentemente sin orden escrita, arrestando y golpeando a quien ose contradecir sus cavernarias órdenes; oficiales de policía arrestando y multando a cualquiera que encuentren y que consideren no trae asunto justificado para andar en la calle; y así, sería farragoso puntualizar todos los actos de autoridad violatorios de derechos humanos que se dan día con día en estos momentos.

Dale poder a la ignorancia y se convertirá en prepotencia, reza el sabio dicho.