/ viernes 1 de marzo de 2019

Qué sé de justicia electoral

Para una debida operación de los sistemas comiciales, es importante que la ciudadanía conozca las funciones que desarrollan cada una de las autoridades que desempeñan algún papel en el proceso de renovación de los poderes públicos.

Así, a grandes rasgos, podemos señalar que existen autoridades de carácter administrativo, jurisdiccional, y también, de procuración de justicia en materia electoral.

En principio, haremos referencia a las autoridades de carácter administrativo.

De forma primordial, las autoridades de carácter administrativo tienen a su cargo la tarea de organizar las elecciones para la renovación de los cargos públicos de elección popular, como lo son presidencia de la república, senadurías, diputaciones federales y locales, gubernaturas y ayuntamientos.

Estas funciones, recaen en una autoridad de carácter nacional y en organismos públicos locales electorales por cada una de las entidades federativas.

Es de señalar que en el artículo 41 de la Constitución Federal, se hace un catálogo sobre las funciones que, de forma originaria, le corresponden a la autoridad nacional, como lo son la administración de los tiempos de radio y televisión que les corresponden a los partidos políticos, capacitación electoral, división territorial de las secciones electorales y distritos, padrón y lista de electores, ubicación de casillas y designación de sus funcionarios, emisión de reglas para resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión, observación electoral, conteos rápidos y producción de materiales electorales, así como la fiscalización de los recursos de los partidos políticos y candidatos.

Cabe mencionar que la autoridad nacional puede delegar la función de fiscalización en los organismos locales, y, asimismo, puede asumir para su conocimiento las que les corresponden a estos.

En todo caso, las autoridades administrativas electorales, deben trabajar de forma coordinada para efectos de ejercer de forma adecuada sus funciones en términos del marco legal.

Por otra parte, tenemos a las autoridades de índole jurisdiccional.

Estas se encargan de analizar la constitucionalidad y legalidad tanto del marco jurídico rector de los procesos electorales, así como de los actos relacionados con el ejercicio de los derechos político electorales, de organización, validez y resultados de las elecciones, así como de aquellos actos relacionados con los mecanismos de participación ciudadana.

Dentro de este sistema, encontramos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que conoce de la constitucionalidad de las leyes en materia electoral a través de las acciones de inconstitucionalidad.

Por otra parte, cada entidad de la república debe contar con un Tribunal Electoral, los cuales serán en primera instancia los encargados de revisar las actuaciones llevadas a cabo por partidos políticos y autoridades administrativas relacionadas con la elección de su estado.

También, está el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que es la máxima autoridad jurisdiccional, en materia electoral, y tiene el carácter de órgano de revisión de las autoridades electorales jurisdiccionales locales, y de revisar en primera instancia los actos relacionados con las elecciones federales.

Este órgano jurisdiccional, se divide en 5 salas regionales, una sala especializada en materia de radio y televisión, y una Sala Superior.

Asimismo, existen las fiscalías especializadas en atención de delitos electorales, que cómo órganos especializados, tiene la facultad de investigar los delitos que se denuncien sobre esta materia.

En igual forma, existe uno para cada entidad de la república y uno de carácter federal.

Así, es posible vislumbrar que existe un andamiaje institucional sólido para efectos de garantizar el adecuado desarrollo de los procesos electorales, y que los mismos se lleven en apego a lo establecido en las leyes que los rigen.

*Magistrado del Tribunal Electoral, Sala Monterrey.

Para una debida operación de los sistemas comiciales, es importante que la ciudadanía conozca las funciones que desarrollan cada una de las autoridades que desempeñan algún papel en el proceso de renovación de los poderes públicos.

Así, a grandes rasgos, podemos señalar que existen autoridades de carácter administrativo, jurisdiccional, y también, de procuración de justicia en materia electoral.

En principio, haremos referencia a las autoridades de carácter administrativo.

De forma primordial, las autoridades de carácter administrativo tienen a su cargo la tarea de organizar las elecciones para la renovación de los cargos públicos de elección popular, como lo son presidencia de la república, senadurías, diputaciones federales y locales, gubernaturas y ayuntamientos.

Estas funciones, recaen en una autoridad de carácter nacional y en organismos públicos locales electorales por cada una de las entidades federativas.

Es de señalar que en el artículo 41 de la Constitución Federal, se hace un catálogo sobre las funciones que, de forma originaria, le corresponden a la autoridad nacional, como lo son la administración de los tiempos de radio y televisión que les corresponden a los partidos políticos, capacitación electoral, división territorial de las secciones electorales y distritos, padrón y lista de electores, ubicación de casillas y designación de sus funcionarios, emisión de reglas para resultados preliminares, encuestas o sondeos de opinión, observación electoral, conteos rápidos y producción de materiales electorales, así como la fiscalización de los recursos de los partidos políticos y candidatos.

Cabe mencionar que la autoridad nacional puede delegar la función de fiscalización en los organismos locales, y, asimismo, puede asumir para su conocimiento las que les corresponden a estos.

En todo caso, las autoridades administrativas electorales, deben trabajar de forma coordinada para efectos de ejercer de forma adecuada sus funciones en términos del marco legal.

Por otra parte, tenemos a las autoridades de índole jurisdiccional.

Estas se encargan de analizar la constitucionalidad y legalidad tanto del marco jurídico rector de los procesos electorales, así como de los actos relacionados con el ejercicio de los derechos político electorales, de organización, validez y resultados de las elecciones, así como de aquellos actos relacionados con los mecanismos de participación ciudadana.

Dentro de este sistema, encontramos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que conoce de la constitucionalidad de las leyes en materia electoral a través de las acciones de inconstitucionalidad.

Por otra parte, cada entidad de la república debe contar con un Tribunal Electoral, los cuales serán en primera instancia los encargados de revisar las actuaciones llevadas a cabo por partidos políticos y autoridades administrativas relacionadas con la elección de su estado.

También, está el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que es la máxima autoridad jurisdiccional, en materia electoral, y tiene el carácter de órgano de revisión de las autoridades electorales jurisdiccionales locales, y de revisar en primera instancia los actos relacionados con las elecciones federales.

Este órgano jurisdiccional, se divide en 5 salas regionales, una sala especializada en materia de radio y televisión, y una Sala Superior.

Asimismo, existen las fiscalías especializadas en atención de delitos electorales, que cómo órganos especializados, tiene la facultad de investigar los delitos que se denuncien sobre esta materia.

En igual forma, existe uno para cada entidad de la república y uno de carácter federal.

Así, es posible vislumbrar que existe un andamiaje institucional sólido para efectos de garantizar el adecuado desarrollo de los procesos electorales, y que los mismos se lleven en apego a lo establecido en las leyes que los rigen.

*Magistrado del Tribunal Electoral, Sala Monterrey.