PT, Panal y PES no podrán usar la imagen de Claudia Sheinbaum

A raíz de una denuncia de Morena ante el IEEZ

Raúl García / El Sol de Zacatecas

  · viernes 26 de abril de 2024

La oficialía electoral del IEEZ, encontró por lo menos dos casos de propaganda que puede confundir al electorado por llevar implícito “un concepto de unión entre la coalición Sigamos Haciendo Historia y La Esperanza Nos Une” del PT, Panal y PES. / Cortesía / IEEZ

La Comisión de Asuntos Jurídicos del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) ordenó a los partidos del Trabajo (PT), Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Solidario (PES), retirar toda aquella propaganda de sus candidatos locales que incluya la imagen de Claudia Sheinbaum Pardo.

Dicha medida cautelar fue acordada por la Comisión de Asuntos Jurídicos del IEEZ, en respuesta a una denuncia presentada por Paula Torres Lares, representante suplente de Morena ante el consejo general del órgano electoral.

La propaganda expuesta va más allá de lo permitido por la ley, al incluir la figura de la candidata presidencial Claudia Sheinbaum, postulada por Sigamos Haciendo Historia, que es una coalición de carácter nacional, y que aparece al lado de candidatos postulados por una coalición distinta de carácter local y por partidos diferentes entre los que no se encuentran Morena”, expresa el acuerdo.

La oficialía electoral del IEEZ, encontró por lo menos dos casos de propaganda que puede confundir al electorado por llevar implícitoun concepto de unión entre la coalición Sigamos Haciendo Historia y La Esperanza Nos Une” del PT, Panal y PES.

El primer ejemplo de propaganda que “inobserva las reglas electorales” corresponde a un espectacular que muestra la imagen de Sheinbaum Pardo y de Tito Méndez, postulado por la coalición La Esperanza Nos Une.

El otro anuncio incluye la fotografía de la candidata presidencial de Morena en el lado izquierdo, y del lado derecho la imagen de Fanny Méndez postulada por el PES a una diputación local.

“Se tiene acreditada la existencia de la propaganda electoral (…) y producto de una revisión preliminar en sede cautelar, se considera que los hechos denunciados constituyen una violación en términos de la normativa electoral, al principio de certeza”, acordaron los consejeros de dicha comisión.

La orden de retirar o cubrir la propaganda la deben de acatar los partidos que la colocaron en un término de 72 horas contadas a partir de la notificación del acuerdo suscrito el 24 de abril.