Zacatecas, Zac.- La LXII Legislatura dio lectura al dictamen para la integración del Concejo Municipal Interino de Zacatecas,que estará a cargo del municipio hasta la realización de laelección extraordinaria.
Los Concejales propuestos son:
PROPIETARIO SUPLENTE
Rosa María Caloca Caloca Leticia DíazPérez
Julio Rafael Medina Salman Carlos Alberto SaucedoMedrano
Paulina Salinas de Santiago María DanielaGonzález Salinas
Catarino Martínez Díaz EnriqueSánchez Esparza
Susan Cabral Bujdud Paola Duarte Cervantes
Leida Lilia Lozano Ramírez Bárbara NavaGarcía
Brenda Isela Ortega Guardado Briseida Guardado González
Edith Guerrero Lechuga Ma. de losÁngeles Ortiz Díaz
Edgar Alonso Perales Veyna Antonio GuillermoSánchez Velázquez
Rodolfo Alejandro Márquez López JoséÁngel Martínez Balderas
Paulina Salazar Castanedo Juana María de laLuz Félix Caldera
Miriam Vázquez Cruz Jéssica Paola Hernández Venegas
Néstor Michel Santacruz Márquez OmarAbraham Saucedo Flores
Jorge Eduardo Hiriartt Estrada Miguel Alberto LópezÍñiguez
Arturo Ramírez Bucio ErickDaniel González Neri
José Roberto Román Delgado Miguel Ángel Gil Valle
La primera sesión dio inicio ayer miércoles a las 22:25 horas,ya en la sala de sesiones del Congreso del Estado, y de inmediato,la diputada Lorena Esperanza Oropeza Muñoz reclamaba que no sehabía incluido el apartado de Asuntos Generales, Geovanna delCarmen Bañuelos de la Torre pidió no iniciar hasta tener laGaceta Parlamentaria en un medio físico, por lo que se decretó unreceso.
Tras las lecturas, se citó a los diputados a una segundasesión a las 23:30 horas, pero hasta el cierre de la edición nose había reanudado.
En el dictamen se estableció que el cinco de julio de 2016, elTribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, dictóresolución dentro del expediente TRIJEZ-JNE-022/2016, relativo ala elección para el Ayuntamiento de Zacatecas, en cuyos puntosresolutivos se determinó lo siguiente:
Se decreta la nulidad de la elección de Ayuntamiento demayoría relativa y representación proporcional correspondiente alMunicipio de Zacatecas, Zacatecas.
En consecuencia, se revoca la declaración de validez de laelección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a laplanilla postulada por el partido político MORENA; así como lasconstancias de asignación de regidurías de representaciónproporcional.
Se ordena a la Legislatura del Estado que proceda en términosde lo dispuesto en el apartado de efectos de la sentencia.
Explica que la sentencia dictada por el Tribunal de JusticiaElectoral del Estado, fue impugnada ante la Sala Regional Monterreydel Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La Sala Regional Monterrey ordenó la acumulación de ambosmedios de impugnación y, una vez seguido el procedimiento por suscauces legales, el uno de septiembre del año en curso, dictósentencia donde determinó lo siguiente:
Se confirma, por razones diversas, la sentencia impugnada. Talsentencia fue impugnada ante la Sala Superior del TribunalElectoral del Poder Judicial de la Federación, autoridad que enesta fecha confirmó el sentido de las sentencias referidas.
Virtud a lo anterior, para el caso específico del Municipio deZacatecas, resulta necesario que esta Asamblea Popular ejerza susatribuciones constitucionales para, de esta forma, garantizar queel citado Municipio cuente con autoridades que puedan desempeñarlas funciones propias del Ayuntamiento en tanto se convoca a nuevaselecciones.
El Concejo Municipal Interino ejercerá sus funciones a partirde la toma de protesta de sus integrantes (que será este jueves) yconcluirán su encargo en el momento en que se elija un nuevoAyuntamiento y las nuevas autoridades tomen la protesta de leycorrespondiente.
Una vez aprobada la presente propuesta de designación,notifíquese a los Concejales a efecto de que en términos de lalegislación aplicable designen de entre ellos a las personas quese desempeñarán como Presidente y Síndico del Concejo MunicipalInterino.