El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), aprobó el acceso conjunto a radio y televisión de los partidos políticos con motivo de las precampañas, intercampañas y campañas políticas correspondientes al proceso electoral ordinario 2020-2021.
Así mismo, se determinaronlos modelos de distribución de pautado que serán propuestos al Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral, en los que se consideran tres mil 796 spots por cada estación de radio y canal de televisión en el Estado de Zacatecas, en el período que comprende del 23 de diciembre de 2020 al 2 de junio de 2021.
Durante el desarrollo de las sesiones ordinaria y extraordinaria, el Consejo General del IEEZ determinó que el periodo de acceso conjunto a radio y televisión de los partidos políticos, con motivo de las precampañas, intercampañas y campañas electorales, así como de los candidatos independientes en el periodo de campañas electorales, para el proceso electoral ordinario 2020-2021, será el siguiente: Precampañas del 23 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021; Intercampañas del 1 de febrero al 3 de abril de 2021 y las Campañas Electorales del 4 de abril al 2 de junio de 2021.
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Lo anterior, con fundamento en el artículo 30 del Reglamento de Radio y Televisión en materia electoral, en el que se establece que el Consejo General debe adoptar los acuerdos necesarios para determinar los tiempos en que habrán de iniciar las precampañas, intercampañas y campañas de los partidos políticos y, en su caso, de las coaliciones y de los candidatos independientes en radio y televisión.
En este sentido, todos los partidos políticos y, en su caso, coaliciones dispondrán de sus prerrogativas de acceso a los tiempos en radio y la televisión en un mismo periodo fijo durante las precampañas, intercampañas y las campañas electorales, incluyendo a los candidatos independientes en este último periodo.
Respecto a los modelos de distribución de pautado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 167, numerales 1 y 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, tratándose de precampañas y campañas en elecciones locales el tiempo en radio y televisión, convertido a número de mensajes, asignable a los partidos políticos, se distribuirá entre ellos conforme al siguiente criterio: 30 por ciento del total en forma igualitaria y el 70 por ciento restante en proporción al porcentaje de votos obtenido por cada partido político en la elección de diputados locales inmediata anterior.
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Por su parte el artículo 23, numeral 1 del Reglamento de Radio y Televisión en materia electoral, señala que a fin de garantizar el acceso de los partidos políticos, y en su caso, coaliciones y candidatos/as independientes, a los tiempos que les corresponden en radio y televisión tanto en los Procesos Electorales Federales como locales, en caso de coincidencia entre las distintas etapas de los mismos, la asignación del tiempo en cada etapa es la siguiente: En Precampañas 11 minutos diarios, en Intercampaña nueve minutos y Campañas Electorales 15 minutos diarios, en cada estación de radio y canal de televisión en territorio estatal.