/ miércoles 2 de marzo de 2022

En Zacatecas, sentencian a hombre a 95 años de prisión por secuestro

Otras diez personas recibieron sentencias de 50 a 52 años de prisión, informó la Fiscalía

El Sol de Zacatecas

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas informó este miércoles que once personas fueron sentenciadas por los delitos de secuestro, secuestro exprés agravado y extorsión; sobresale una condena de 95 años de prisión a un hombre al que se le encontró culpable por el delito de secuestro agravado cometido hace tres años.

A través de un comunicado, la Fiscalía informó que Adán, de 42 años de edad, originario del municipio de Jiménez del Teúl, Zacatecas, fue condenado a 95 años de prisión por secuestro agravado por hechos cometidos en la comunidad de Zóquite, perteneciente al municipio de Guadalupe, en el mes de enero de 2019.

El pasado 22 de febrero, al concluir el juicio oral de dos jóvenes originarios de Zacatecas y Guadalupe, de 22 y 25 años, Keysa o Kecia y Joel, fueron condenados a 50 años de prisión por el delito de secuestro agravado, hechos sucedidos en el mes de diciembre del 2019 en el municipio de Guadalupe.

En la misma fecha, 22 de febrero, diverso tribunal de enjuiciamiento, condenó a José e Ilich por el delito de secuestro exprés agravado y extorsión agravada, con 52 años de prisión, hechos cometidos en perjuicio de una víctima de 71 años de edad, hechos sucedidos en el mes de noviembre del 2020 en el municipio de Ojocaliente.

El Sol de Zacatecas

El miércoles 23 de febrero, al concluir el juicio oral iniciado en el Distrito Judicial de Fresnillo, Jacobo, Fidel, Adriana y Fidel, todo ellos originarios de Zacatecas, fueron condenados a una pena de 50 años de prisión por el delito de secuestro agravado, hechos cometidos en octubre de 2019 en aquel municipio.

Finalmente, el día de ayer martes 1° de marzo, se dictó fallo condenatorio en contra de Uriel y Omar, por el delito de secuestro agravado, con una sentencia de 50 años de prisión por hechos sucedidos en Fresnillo en el mes de agosto del año 2018.

En términos de lo establecido por el artículo 19 de la Ley General Para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, los sentenciados por los delitos a que se refiere dicha Ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena.

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A través de un comunicado, la Fiscalía informó que Adán, de 42 años de edad, originario del municipio de Jiménez del Teúl, Zacatecas, fue condenado a 95 años de prisión por secuestro agravado por hechos cometidos en la comunidad de Zóquite, perteneciente al municipio de Guadalupe, en el mes de enero de 2019.

El pasado 22 de febrero, al concluir el juicio oral de dos jóvenes originarios de Zacatecas y Guadalupe, de 22 y 25 años, Keysa o Kecia y Joel, fueron condenados a 50 años de prisión por el delito de secuestro agravado, hechos sucedidos en el mes de diciembre del 2019 en el municipio de Guadalupe.

En la misma fecha, 22 de febrero, diverso tribunal de enjuiciamiento, condenó a José e Ilich por el delito de secuestro exprés agravado y extorsión agravada, con 52 años de prisión, hechos cometidos en perjuicio de una víctima de 71 años de edad, hechos sucedidos en el mes de noviembre del 2020 en el municipio de Ojocaliente.

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El miércoles 23 de febrero, al concluir el juicio oral iniciado en el Distrito Judicial de Fresnillo, Jacobo, Fidel, Adriana y Fidel, todo ellos originarios de Zacatecas, fueron condenados a una pena de 50 años de prisión por el delito de secuestro agravado, hechos cometidos en octubre de 2019 en aquel municipio.

Finalmente, el día de ayer martes 1° de marzo, se dictó fallo condenatorio en contra de Uriel y Omar, por el delito de secuestro agravado, con una sentencia de 50 años de prisión por hechos sucedidos en Fresnillo en el mes de agosto del año 2018.

En términos de lo establecido por el artículo 19 de la Ley General Para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, los sentenciados por los delitos a que se refiere dicha Ley no tendrán derecho a los beneficios de la libertad preparatoria, sustitución, conmutación de la pena o cualquier otro que implique reducción de la condena.

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