/ jueves 29 de abril de 2021

Por orden judicial continúa la búsqueda de dos personas desaparecidas en Calera

Desde el 30 de septiembre de 2010 no se supo nada de Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y Luis Ramón Enciso Ramírez

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito emitió una sentencia que obliga a la Fiscalía General de la República a crear una comisión especial de búsqueda para dar con el paradero de Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez, desaparecidos el 30 de septiembre del año 2010 en una carretera del municipio de Calera, Zacatecas.

El Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD) ofreció este jueves una conferencia de prensa virtual en la que se dio a conocer esa sentencia emitida el 4 de febrero de 2021, es considerada inédita en el estado de Jalisco para los casos de desaparición de personas porque se reconocen las omisiones de las autoridades en la búsqueda e investigación en un caso de larga data y la importancia de seguir trabajando hasta conocer el paradero de las víctimas.

Dalia Guadalupe Cruz Guerrero salió de Ahualulco de Mercado, Jalisco hacia Guadalajara, acompañando a su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez, de ahí partieron hacia Estados Unidos, sin embargo, desaparecieron cuando cruzaban por territorio zacatecano, justo al transitar por una carretera del municipio de Calera, Zacatecas.

Desde entonces, la madre de Dalia Guadalupe Cruz Guerrero, la señora Ma. Natividad Guerrero, los ha buscado incansablemente, reportando su desaparición a autoridades de los estados de Jalisco y Zacatecas, pero, ante la falta de acciones para dar con el paradero de sus seres queridos interpuso una denuncia ante la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la entonces Procuraduría General de la República en el Distrito Federal, el 3 de enero de 2011.

Durante más de dos años la señora Ma. Natividad no obtuvo avances en la investigación y le fueron negadas las copias del expediente, por ello, con el apoyo del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD) en el año 2019, la señora Natividad interpuso un amparo contra la PGR, en el cual se reclamó la negativa a proporcionar las copias certificadas de su expediente, la falta de coordinación entre las autoridades que integran la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas y omisiones en la investigación y la reparación del daño.

El Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco en su sentencia del 23 de diciembre de 2019 reconoció el derecho de la señora Natividad a obtener las copias del expediente, sin embargo, no estudió las otras exigencias planteadas en el amparo.

Por ese motivo se interpuso un recurso de revisión cuyo análisis estuvo a cargo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal. Ese órgano determinó en su sesión de 4 de febrero de 2021 ampliar el sentido de la sentencia de amparo, reconociendo las violaciones a los derechos humanos que ha sufrido la señora Natividad.

En esa sentencia el Segundo Tribunal ordenó una investigación exhaustiva que permita identificar y sancionar a todas y cada una de las personas responsables y que haga todo lo que se encuentre a su alcance para localizar con vida a Dalia y Luis, o de ser el caso, de sus restos.

La sentencia también obliga a todas las autoridades involucradas en su observancia a no criminalizar ni revictimizar a la promovente Ma. Natividad Guerrero Sedano, en su calidad de víctima indirecta de la desaparición forzada cometida en agravio de sus familiares Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y Luis Ramón Enciso Ramírez.

El Sol de Zacatecas

El Tribunal precisó la necesidad de que la Fiscalía de Zacatecas remita a la FGR toda la información de la investigación del caso pues hay un presunto responsable desde 2015.

El CEPAD reconoce que la sentencia emitida da la posibilidad de que se subsanen los errores y omisiones que se han cometido en la búsqueda e investigación de la desaparición de Dalia y Luis Ramón, se avance en conocer su paradero y se esclarezcan los hechos ocurridos hace más de 10 años, en respeto del derecho a la verdad y la justicia de la señora Natividad, quien no pierde la esperanza de localizarlos con vida.

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El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito emitió una sentencia que obliga a la Fiscalía General de la República a crear una comisión especial de búsqueda para dar con el paradero de Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez, desaparecidos el 30 de septiembre del año 2010 en una carretera del municipio de Calera, Zacatecas.

El Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD) ofreció este jueves una conferencia de prensa virtual en la que se dio a conocer esa sentencia emitida el 4 de febrero de 2021, es considerada inédita en el estado de Jalisco para los casos de desaparición de personas porque se reconocen las omisiones de las autoridades en la búsqueda e investigación en un caso de larga data y la importancia de seguir trabajando hasta conocer el paradero de las víctimas.

Dalia Guadalupe Cruz Guerrero salió de Ahualulco de Mercado, Jalisco hacia Guadalajara, acompañando a su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez, de ahí partieron hacia Estados Unidos, sin embargo, desaparecieron cuando cruzaban por territorio zacatecano, justo al transitar por una carretera del municipio de Calera, Zacatecas.

Desde entonces, la madre de Dalia Guadalupe Cruz Guerrero, la señora Ma. Natividad Guerrero, los ha buscado incansablemente, reportando su desaparición a autoridades de los estados de Jalisco y Zacatecas, pero, ante la falta de acciones para dar con el paradero de sus seres queridos interpuso una denuncia ante la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la entonces Procuraduría General de la República en el Distrito Federal, el 3 de enero de 2011.

Durante más de dos años la señora Ma. Natividad no obtuvo avances en la investigación y le fueron negadas las copias del expediente, por ello, con el apoyo del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD) en el año 2019, la señora Natividad interpuso un amparo contra la PGR, en el cual se reclamó la negativa a proporcionar las copias certificadas de su expediente, la falta de coordinación entre las autoridades que integran la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas y omisiones en la investigación y la reparación del daño.

El Juzgado Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Jalisco en su sentencia del 23 de diciembre de 2019 reconoció el derecho de la señora Natividad a obtener las copias del expediente, sin embargo, no estudió las otras exigencias planteadas en el amparo.

Por ese motivo se interpuso un recurso de revisión cuyo análisis estuvo a cargo del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal. Ese órgano determinó en su sesión de 4 de febrero de 2021 ampliar el sentido de la sentencia de amparo, reconociendo las violaciones a los derechos humanos que ha sufrido la señora Natividad.

En esa sentencia el Segundo Tribunal ordenó una investigación exhaustiva que permita identificar y sancionar a todas y cada una de las personas responsables y que haga todo lo que se encuentre a su alcance para localizar con vida a Dalia y Luis, o de ser el caso, de sus restos.

La sentencia también obliga a todas las autoridades involucradas en su observancia a no criminalizar ni revictimizar a la promovente Ma. Natividad Guerrero Sedano, en su calidad de víctima indirecta de la desaparición forzada cometida en agravio de sus familiares Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y Luis Ramón Enciso Ramírez.

El Sol de Zacatecas

El Tribunal precisó la necesidad de que la Fiscalía de Zacatecas remita a la FGR toda la información de la investigación del caso pues hay un presunto responsable desde 2015.

El CEPAD reconoce que la sentencia emitida da la posibilidad de que se subsanen los errores y omisiones que se han cometido en la búsqueda e investigación de la desaparición de Dalia y Luis Ramón, se avance en conocer su paradero y se esclarezcan los hechos ocurridos hace más de 10 años, en respeto del derecho a la verdad y la justicia de la señora Natividad, quien no pierde la esperanza de localizarlos con vida.

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