/ martes 17 de abril de 2018

Presentan iniciativa para prevenir la tortura en Zacatecas

En los últimos años en Zacatecas se han presentado 59 denuncias de tortura ante las agencias del Ministerio Público de la entidad; cifra registrada en las estadísticas del Secretariado Nacional de Seguridad Pública.

Zacatecas, Zac.- En los últimos años en Zacatecas se han presentado 59 denuncias de tortura ante las agencias del Ministerio Público de la entidad; cifra registrada en las estadísticas del Secretariado Nacional de Seguridad Pública.

Datos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas ha informado de las quejas por presuntas torturas de policías municipales, como son descargas eléctricas, cabezazos, rotura de dientes, puñetazos, rodillazos, patadas, golpes, etc. lo que en los últimos tres años ha habido 125 quejas en este sentido, así como detenciones arbitrarias y los municipios de Zacatecas, Guadalupe y Fresnillo encabezan la lista con mayor número.

Ante la LXII Legislatura, de esta manera, se presentó la iniciativa de Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y para la adecuación de la ley nacional los plazos ya se vencieron y urge armonizar ante esta problemática que se vive en la entidad.

Se explicó que desde tiempos muy antiguos el hombre descubrió que, por medio del dolor y el sufrimiento de otros, podía conseguir ciertos beneficios, a través del miedo a estos, lo que se aplicaba como una sanción provocando un efecto mental coercitivo obligando a conducirse de cierta manera, y en muchas ocasiones en contra de su propia voluntad.

La tortura se empezó a utilizar como una herramienta para mantener el orden y estabilidad de los pueblos antiguos.

Así se pueden encontrar innumerables ejemplos en los cuales, por medio de esta práctica, algunos pueblos fueron adquiriendo poder y jerarquía sobre otros.

La acumulación de poder resulta tan atractiva para el individuo y la coacción por medio de la tortura, tan efectiva y poco costosa, que se convierte en la práctica más recurrente, asimismo, para obtener aquello deseado, sin tener un derecho legítimo; es aquí donde nace el concepto de tortura.

Entendiendo por tortura: “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.

No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.”

Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica, concepto definido en el Protocolo de Estambul.

La prohibición de la tortura fue incluida por primera vez en un documento internacional mediante la Declaración Universal de Derechos Humanos. A dicho instrumento le siguieron otros como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que se aprobó en 1950, y la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas de 1984.

En la actualidad existen diversas organizaciones internacionales y nacionales que durante varios años han luchado por el respeto a los derechos humanos y la erradicación de la violencia y la tortura, como es el caso en México, es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En el país, así como en muchos otros, nos encontramos que la dificultad para combatir los abusos a los derechos humanos, recae principalmente en el hecho de que nuestras leyes son confusas, ineficaces, o inexistentes, razón por la cual los encargados de impartir justicia se ven inmersos en serios problemas para aplicar la ley.

Por otro lado, la inexistencia de medidas de seguridad que prevengan este tipo de prácticas, la corrupción dentro de los organismos judiciales y la casi nula denuncia de estos delitos provocada por la inseguridad y el miedo a las represalias, provocan que el combate de éstas, sea mínimo.

El pasado 26 de junio de 2017 se promulgó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

En sus artículos transitorios, como en el tercero, da un plazo máximo de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor para que la legislatura armonice su marco jurídico de conformidad con el mismo.

El artículo transitorio cuarto señala que se deberán adoptar y publicar los protocolos y criterios a que se refiere la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, dentro de un plazo de ciento ochenta días posteriores a la publicación aunado a ello, dentro de los noventa días posteriores al cumplimiento del plazo anterior señalando la fiscalía deberán poner en marcha sus registros correspondientes y operar la Fiscalía Especializada para la investigación del delito de tortura.

En el artículo transitorio séptimo señala que se deberán iniciar los programas de capacitación continua de sus servidores públicos conforme a lo dispuesto en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, dentro de un plazo de ciento ochenta días posteriores a la publicación.

Por lo que los plazos ya se vencieron y urge armonizar ante esta problemática que se vive en la entidad.

El objetivo es contundente y consiste en establecer de una manera clara, las responsabilidades con las que contará cada autoridad federal, estatal y municipal para prevenir, investigar, juzgar y sancionar los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y sancionarlos.

Esta Ley en el Estado permite establecer la labor que tendrán las autoridades en su implementación, en particular la Fiscalía General del Estado ya que ahí se concentran el grueso de las investigaciones penales, los procesos, la población penitenciaria, los operativos policiales; espacios donde pueden perpetrase estas nefastas prácticas.

Recordemos que en materia de derechos humanos, para combatir la tortura se debe cumplir con tres aspectos: la prevención; el cumplimiento y la sanción, y la reparación.

Con esta nueva herramienta se dará una la lucha contundente contra la tortura fomentando manera decidida su denuncia, se fortalecerá la investigación y se hará rendir cuentas a los responsables sin dejar a las víctimas desprotegidas, además de apoyarlas en su recuperación.

Zacatecas, Zac.- En los últimos años en Zacatecas se han presentado 59 denuncias de tortura ante las agencias del Ministerio Público de la entidad; cifra registrada en las estadísticas del Secretariado Nacional de Seguridad Pública.

Datos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas ha informado de las quejas por presuntas torturas de policías municipales, como son descargas eléctricas, cabezazos, rotura de dientes, puñetazos, rodillazos, patadas, golpes, etc. lo que en los últimos tres años ha habido 125 quejas en este sentido, así como detenciones arbitrarias y los municipios de Zacatecas, Guadalupe y Fresnillo encabezan la lista con mayor número.

Ante la LXII Legislatura, de esta manera, se presentó la iniciativa de Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y para la adecuación de la ley nacional los plazos ya se vencieron y urge armonizar ante esta problemática que se vive en la entidad.

Se explicó que desde tiempos muy antiguos el hombre descubrió que, por medio del dolor y el sufrimiento de otros, podía conseguir ciertos beneficios, a través del miedo a estos, lo que se aplicaba como una sanción provocando un efecto mental coercitivo obligando a conducirse de cierta manera, y en muchas ocasiones en contra de su propia voluntad.

La tortura se empezó a utilizar como una herramienta para mantener el orden y estabilidad de los pueblos antiguos.

Así se pueden encontrar innumerables ejemplos en los cuales, por medio de esta práctica, algunos pueblos fueron adquiriendo poder y jerarquía sobre otros.

La acumulación de poder resulta tan atractiva para el individuo y la coacción por medio de la tortura, tan efectiva y poco costosa, que se convierte en la práctica más recurrente, asimismo, para obtener aquello deseado, sin tener un derecho legítimo; es aquí donde nace el concepto de tortura.

Entendiendo por tortura: “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.

No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.”

Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica, concepto definido en el Protocolo de Estambul.

La prohibición de la tortura fue incluida por primera vez en un documento internacional mediante la Declaración Universal de Derechos Humanos. A dicho instrumento le siguieron otros como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que se aprobó en 1950, y la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas de 1984.

En la actualidad existen diversas organizaciones internacionales y nacionales que durante varios años han luchado por el respeto a los derechos humanos y la erradicación de la violencia y la tortura, como es el caso en México, es la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En el país, así como en muchos otros, nos encontramos que la dificultad para combatir los abusos a los derechos humanos, recae principalmente en el hecho de que nuestras leyes son confusas, ineficaces, o inexistentes, razón por la cual los encargados de impartir justicia se ven inmersos en serios problemas para aplicar la ley.

Por otro lado, la inexistencia de medidas de seguridad que prevengan este tipo de prácticas, la corrupción dentro de los organismos judiciales y la casi nula denuncia de estos delitos provocada por la inseguridad y el miedo a las represalias, provocan que el combate de éstas, sea mínimo.

El pasado 26 de junio de 2017 se promulgó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

En sus artículos transitorios, como en el tercero, da un plazo máximo de ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor para que la legislatura armonice su marco jurídico de conformidad con el mismo.

El artículo transitorio cuarto señala que se deberán adoptar y publicar los protocolos y criterios a que se refiere la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, dentro de un plazo de ciento ochenta días posteriores a la publicación aunado a ello, dentro de los noventa días posteriores al cumplimiento del plazo anterior señalando la fiscalía deberán poner en marcha sus registros correspondientes y operar la Fiscalía Especializada para la investigación del delito de tortura.

En el artículo transitorio séptimo señala que se deberán iniciar los programas de capacitación continua de sus servidores públicos conforme a lo dispuesto en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, dentro de un plazo de ciento ochenta días posteriores a la publicación.

Por lo que los plazos ya se vencieron y urge armonizar ante esta problemática que se vive en la entidad.

El objetivo es contundente y consiste en establecer de una manera clara, las responsabilidades con las que contará cada autoridad federal, estatal y municipal para prevenir, investigar, juzgar y sancionar los delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y sancionarlos.

Esta Ley en el Estado permite establecer la labor que tendrán las autoridades en su implementación, en particular la Fiscalía General del Estado ya que ahí se concentran el grueso de las investigaciones penales, los procesos, la población penitenciaria, los operativos policiales; espacios donde pueden perpetrase estas nefastas prácticas.

Recordemos que en materia de derechos humanos, para combatir la tortura se debe cumplir con tres aspectos: la prevención; el cumplimiento y la sanción, y la reparación.

Con esta nueva herramienta se dará una la lucha contundente contra la tortura fomentando manera decidida su denuncia, se fortalecerá la investigación y se hará rendir cuentas a los responsables sin dejar a las víctimas desprotegidas, además de apoyarlas en su recuperación.

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