Luego de dos semanas en las que la discusión sobre la Ley de la Fiscalía General de la República (FGR) ha sido aplazada o interrumpida, este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomará su análisis para determinar si este ordenamiento que entró en vigor en 2021 es violatorio de los derechos humanos o no.
La acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) busca que el decreto por el que se promulgó la Ley de la FGR se declare inválido, ya que además de establecer varias normas internas que violan los derechos humanos, se transgreden los de las víctimas para poder colaborar con el Ministerio Público federal.
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Entre las normas impugnadas por la CNDH en esta acción de inconstitucionalidad 98/2021, se encuentran aquellas que descarta a las personas que se encuentran sujetas a un proceso penal o que fueron sentenciadas por un delito doloso para acceder al servicio profesional de carrera o aspirar a la titularidad del Órgano Interno de Control.
Sin embargo, el apartado en el que participaron organizaciones de la sociedad civil junto a la CNDH para presentar el recurso es el relacionado con el acceso que tienen las víctimas de un delito para colaborar con la FGR, así como la integración de la dependencia en otros mecanismos gubernamentales como los relacionados con la búsqueda de personas desaparecidas.
“En la nueva Ley de la Fiscalía General de la República no se establece una obligación clara y fortalecida de la Fiscalía General de la República frente a los mecanismos de derechos humanos, esto es, no se determina la autonomía de gestión de la Fiscalía General de la República, ni existe claridad o certeza jurídica sobre la forma en cómo participará en el Mecanismo de Apoyo al Exterior, en el que se incluye, el Sistema Nacional de Búsqueda.
“Se advierte que, la participación activa de las víctimas de violaciones a derechos humanos en los planes de investigación no se considera; en consecuencia, no se garantiza el derecho de las víctimas a coadyuvar activamente con el Ministerio Público. De igual manera, ha sido retirada la participación de la Fiscalía General como integrante en los órganos colegiados de toma de decisiones de diversas Instituciones relacionadas con las víctimas”, lamentó en su momento la CNDH.
Según ese organismo autónomo, la Ley aprobada también genera repercusiones a Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos; y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Así como a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares.
El proyecto a cargo de la ministra Margarita Ríos Farjat originalmente iba a ser discutido el pasado 9 de marzo, sin embargo, debido a que las ministras decidieron ausentarse del Pleno con motivo del paro nacional de mujeres, éste quedó sin quórum y se vio imposibilitado de sesionar.
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Con ese aplazamiento, el tema pasó a ser listado para la sesión del pasado lunes 13, día en el que finalmente se avanzó en uno de los cuatro puntos a resolver hasta que el grueso del Alto Tribunal consideró necesario analizar de mejor manera uno de los apartados, dejándolo así hasta este jueves, ya que este lunes y martes la Corte no sesionará.