El comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño, podría ser condenado de dos a siete años de prisión por el incendio en una estación migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua, que dejó a 40 personas muertas y 25 heridas más.
El martes por la noche, la Fiscalía General de la República (FGR) informó en un comunicado que derivado de sus investigaciones se encontró que Garduño, así como cinco funcionarios más del INM, habrían sido responsables por este incidente, por lo que procedería penalmente en contra de ellos.
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Además del titular del INM, entre los implicados se encuentra Antonio Molina Díaz, quien hasta hoy permanece en su cargo como director general de Control y Verificación Migratoria.
A él, igual que Garduño, se le acusa de incumplir con sus obligaciones de vigilar, proteger y dar seguridad a los migrantes y a las instalaciones a su cargo, faltas que se encuentran contempladas en el artículo 215 del Código Penal Federal, fracción VI, tipificadas como abuso de autoridad.
Esto, ya que de acuerdo al apartado mencionado, un servidor público comete este ilícito cuando “teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, en cualquier forma propicie daño a las personas, o a los lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado”.
Por ello, de encontrárseles culpables serían sentenciados de dos a siete años de prisión, así como de 30 a 50 días de multa.
Penas de los funcionarios serían variables
En lo que respecta a los otros cuatro funcionarios identificados como Salvador “N”, Juan “N”, Cecilia “N” y Eduardo “N”, a quienes también se le fincó responsabilidades, la FGR detalló que están relacionados directamente con estos hechos que derivaron en la muerte de 40 personas, por lo que serían acusados de homicidio por omisión dolosa y lesiones.
Por esos cargos, explicó el especialista en derecho penal Luis Tapia, las penas pueden variar pues es necesario conocer la formulación de imputación a cargo de la Fiscalía, donde se detalla el grado de participación de los acusados.
Además, dado que ninguno de los delitos señalados se encuentran dentro de la lista del artículo 19 de la Constitución para ser merecedor de la prisión preventiva oficiosa, todos los funcionarios, incluido Francisco Garduño, podrían seguir su proceso en libertad en tanto no se les dicte sentencia.
Sin embargo, la FGR podría solicitar al juez que se les dicte prisión preventiva justificada, como ya lo hizo previamente en el caso de los tres agentes del INM, un guardia de seguridad privada y un migrante que fueron vinculados previamente con el incendio y que actualmente permanecen recluidos en los Centros de Readaptación Social 2 y 3 de Chihuahua.
“En cualquier delito que merezca pena privativa de libertad, es decir, años de cárcel, la Fiscalía está en condiciones de solicitar la prisión preventiva siempre que justifique que es la única medida para garantizar que la persona no se va a escapar o no va afectar a víctimas y testigos”, explicó Tapia.
En caso de que el juez de Control niegue la prisión preventiva, aclaró que existen otras medidas que se pueden aplicar para garantizar que estos funcionarios no se puedan sustraer de la justicia, como lo son la colocación de un brazalete electrónico, el pago de una fianza, el retiro del pasaporte, que se le limite la movilidad a determinada zona del país y el que acuda a firmar a un juzgado cada 15 días.
De momento la siguiente etapa antes de que se conozca si se les dicta o no prisión preventiva es que los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración se presenten a la audiencia inicial en donde se expondrán todas las pruebas en su contra.
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A partir de eso, el juez determinará si los vincula o no a proceso y qué medida cautelar les finca.