/ jueves 2 de agosto de 2018

Vinculan a proceso a feminicida de Sanjuana

Luego de una audiencia de más de dos horas, el juez de control avaló la contundencia de las pruebas ofrecidas por la FGJE

Zacatecas, Zac.- A las 14:46 horas de este jueves, quedó vinculado a proceso Jorge Rodolfo N. de 29 años de edad, por el delito de feminicidio, cometido en perjuicio de la menor Sanjuana de nueve años de edad, luego de que tras una audiencia de más de dos horas, así lo determinara el juez de control, quien a pesar de las observaciones de irregularidades en la investigación, referidas por parte de la defensoría, avaló la contundencia de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y la Fiscalía.

El mediodía de este jueves, en la sala número 4 del Juzgado de Control, al lado del Centro Regional de Reinserción Social (Cerereso) Varonil, ubicado en la comunidad de Cieneguillas, Zacatecas, se celebró una diligencia de vinculación a proceso bajo la causa 680/2018 que se instruye a Jorge Rodolfo N., bajo el delito antes mencionado, la cual comenzó alrededor de las 12:38 horas y acabó aproximadamente a las 14:50 horas.

En la audiencia se congregaron abogados del Instituto de la Defensoría Pública por parte del imputado, y representantes de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) por parte de la familia de la menor víctima, quienes debatieron puntos y datos sobre el caso, a fin de que el juez brindara después una resolutiva.

Cabe mencionar que los padres de Sanjuana no estuvieron presentes, sino que permanecieron en una sala adjunta, con la finalidad de resguardar su integridad psíquica de acuerdo a las circunstancias particulares del caso.

Irregularidades en la investigación

La parte defensora expuso que existieron algunas posibles violaciones a los derechos humanos del detenido, además de algunas irregularidades en el proceso de investigación por parte de los agentes ministeriales, a quienes además se les acusó de abuso de autoridad, toda vez que el imputado presentara una queja formal ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

La defensoría aclaró que no debatiría el hecho del feminicidio sino aspectos de la detención, producto de las indagaciones.

Recordó que la detención de Jorge Rodolfo tuvo lugar el día jueves 26 de julio en la calle Santa María de la colonia Bellavista en Guadalupe, cerca de las 13:10 horas se le solicitó una revisión de la cual derivó el hallazgo de un arma y droga, siendo detenido a las 13:22 y finalmente puesto a disposición por narcomenudeo a las 14:45 horas ante la FGJE.

Sin embargo, minutos después, el fiscal general, Francisco Murillo Ruiseco convocó a una rueda de prensa a las 15:00 horas, donde expuso a medios de comunicación una fotografía del imputado, mencionando su probable responsabilidad en el feminicidio, ya que su apariencia concordaba con el retrato hablado de un testigo, mismo que no se mostró.

Asimismo, agregó que ese jueves, alrededor de las 09:14 horas se imprimió una ficha signaléctica de sus antecedentes en el Ministerio Público, es decir, horas antes de su detención, y que, además, no fue sino hasta las 20:00 horas que el aludido testigo reconoció al arrestado como a quien había visto en compañía de la menor, mientras que el Fiscal ya lo había presentado a la opinión pública.

De acuerdo a ese retrato, el testigo señaló que se trataba de un hombre de una edad entre 35 y 40 años, complexión regular, cara redonda, sin barba ni bigote, y con pelo corto y lacio, mientras que Jorge, el cual tiene 29 años de edad y es delgado, al momento de su detención tenía barba y bigote, lo cual alegaron que ponía en duda la veracidad del retrato.

De igual forma expresaron que Jorge les hizo saber que el día viernes 24 cerca de las 14:00 horas, policías ministeriales lo entrevistaron cuando él estaba en un modelorama en Gavilanes, a donde llegaron los efectivos, le tomaron fotos de perfil y frente, le quitaron algunos cabellos y le hicieron fumar un cigarro, cuya colilla anexaron a un sobre, al igual que los cabellos, y finalmente le dieron tres “tablazos”.

Por lo anterior, el imputado interpuso la queja de manera formal, ante la CDHEZ.

Finalmente, la defensoría, mencionó que con base al artículo 20 de la Constitución Mexicana, en el apartado A, “cualquier prueba obtenida violando derechos, es nula”, y que además no se ha esclarecido su detención por narcomenudeo.

“Mala interpretación”; FGJE

Las partes representantes de la FGJE negaron concordar en los argumentos antes expuestos, ya que corroboraron que existe una causa de detención por narcomenudeo, y que se trató de una mala interpretación por parte de la defensoría, en relación a las diligencias recabadas.

La representante expuso que las características que el testigo brindó, estuvieron basadas en la capacidad de apreciación y su “cultura” en ese momento, y que además, nunca había visto a Jorge previamente, por lo que lo reconoció “sin lugar a dudas” después de su detención.

Asimismo aclararon que la impresión de la ficha signaléctica fue producto de las características físicas obtenidas del retrato, pues con ellas fue que se dio con tal ficha de 2015, ya que eran coincidentes.

Por otro lado, aseguraron que las investigaciones estuvieron siempre basadas en los protocolos y códigos nacionales, cumpliendo con todos los requisitos, por lo que no hubo ninguna violación.

En conclusión a su participación, sobre el tema de la conferencia de prensa, expuso que el rostro del imputado estaba pixelado, y que durante el discurso, nunca hubo una criminalización o culpabilidad directa, sino que sólo se presentó como un sospechoso, cuya detención obedeció a otras causas.

Resolutiva

Finalmente, el juez de control, tras analizar ambas posiciones, determinó que era factible su vinculación a proceso, ya que los argumentos que presentó la parte defensora no refutan las pruebas y dictámenes genéticos ofrecidos por los agentes ministeriales y los médicos legistas.

Narró los hechos desde la desaparición de la menor hasta el hallazgo de su cadáver, donde se localizó un cobertor verde con sangre y líquido seminal, el cual, al ser contrastado con los perfiles de la víctima y el victimario, dieron positivo, es decir, se trataba de Sanjuana y Jorge Rodolfo.

Además relató que el imputado vivía con una familia, cuya hija era amiga cercana a Sanjuana, misma que declaró haber sido tocada por Jorge Rodolfo, a quien además se le señaló de exhibicionista por haber estado desnudo enfrente de las dos menores.

Pidió que en relación al abuso de autoridad por parte de los policías ministeriales, se abra una investigación al respecto, para determinar si existió y de ser el caso, se proceda de manera correspondiente.

Concluyó que aunque los datos ofrecidos por la defensoría cuestionan las pruebas, no las destruyen, debido a su contundencia, por lo que aprobó su vinculación a proceso.

Finalmente, la FGJE pidió un plazo de investigación complementaria de seis meses, estando de acuerdo la parte defensora, declarando el juez, que entonces se deberán entregar los resultados el próximo 2 de febrero de 2019, para después proceder a la segunda fase y finalmente a la sentencia.

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Zacatecas, Zac.- A las 14:46 horas de este jueves, quedó vinculado a proceso Jorge Rodolfo N. de 29 años de edad, por el delito de feminicidio, cometido en perjuicio de la menor Sanjuana de nueve años de edad, luego de que tras una audiencia de más de dos horas, así lo determinara el juez de control, quien a pesar de las observaciones de irregularidades en la investigación, referidas por parte de la defensoría, avaló la contundencia de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público y la Fiscalía.

El mediodía de este jueves, en la sala número 4 del Juzgado de Control, al lado del Centro Regional de Reinserción Social (Cerereso) Varonil, ubicado en la comunidad de Cieneguillas, Zacatecas, se celebró una diligencia de vinculación a proceso bajo la causa 680/2018 que se instruye a Jorge Rodolfo N., bajo el delito antes mencionado, la cual comenzó alrededor de las 12:38 horas y acabó aproximadamente a las 14:50 horas.

En la audiencia se congregaron abogados del Instituto de la Defensoría Pública por parte del imputado, y representantes de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) por parte de la familia de la menor víctima, quienes debatieron puntos y datos sobre el caso, a fin de que el juez brindara después una resolutiva.

Cabe mencionar que los padres de Sanjuana no estuvieron presentes, sino que permanecieron en una sala adjunta, con la finalidad de resguardar su integridad psíquica de acuerdo a las circunstancias particulares del caso.

Irregularidades en la investigación

La parte defensora expuso que existieron algunas posibles violaciones a los derechos humanos del detenido, además de algunas irregularidades en el proceso de investigación por parte de los agentes ministeriales, a quienes además se les acusó de abuso de autoridad, toda vez que el imputado presentara una queja formal ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

La defensoría aclaró que no debatiría el hecho del feminicidio sino aspectos de la detención, producto de las indagaciones.

Recordó que la detención de Jorge Rodolfo tuvo lugar el día jueves 26 de julio en la calle Santa María de la colonia Bellavista en Guadalupe, cerca de las 13:10 horas se le solicitó una revisión de la cual derivó el hallazgo de un arma y droga, siendo detenido a las 13:22 y finalmente puesto a disposición por narcomenudeo a las 14:45 horas ante la FGJE.

Sin embargo, minutos después, el fiscal general, Francisco Murillo Ruiseco convocó a una rueda de prensa a las 15:00 horas, donde expuso a medios de comunicación una fotografía del imputado, mencionando su probable responsabilidad en el feminicidio, ya que su apariencia concordaba con el retrato hablado de un testigo, mismo que no se mostró.

Asimismo, agregó que ese jueves, alrededor de las 09:14 horas se imprimió una ficha signaléctica de sus antecedentes en el Ministerio Público, es decir, horas antes de su detención, y que, además, no fue sino hasta las 20:00 horas que el aludido testigo reconoció al arrestado como a quien había visto en compañía de la menor, mientras que el Fiscal ya lo había presentado a la opinión pública.

De acuerdo a ese retrato, el testigo señaló que se trataba de un hombre de una edad entre 35 y 40 años, complexión regular, cara redonda, sin barba ni bigote, y con pelo corto y lacio, mientras que Jorge, el cual tiene 29 años de edad y es delgado, al momento de su detención tenía barba y bigote, lo cual alegaron que ponía en duda la veracidad del retrato.

De igual forma expresaron que Jorge les hizo saber que el día viernes 24 cerca de las 14:00 horas, policías ministeriales lo entrevistaron cuando él estaba en un modelorama en Gavilanes, a donde llegaron los efectivos, le tomaron fotos de perfil y frente, le quitaron algunos cabellos y le hicieron fumar un cigarro, cuya colilla anexaron a un sobre, al igual que los cabellos, y finalmente le dieron tres “tablazos”.

Por lo anterior, el imputado interpuso la queja de manera formal, ante la CDHEZ.

Finalmente, la defensoría, mencionó que con base al artículo 20 de la Constitución Mexicana, en el apartado A, “cualquier prueba obtenida violando derechos, es nula”, y que además no se ha esclarecido su detención por narcomenudeo.

“Mala interpretación”; FGJE

Las partes representantes de la FGJE negaron concordar en los argumentos antes expuestos, ya que corroboraron que existe una causa de detención por narcomenudeo, y que se trató de una mala interpretación por parte de la defensoría, en relación a las diligencias recabadas.

La representante expuso que las características que el testigo brindó, estuvieron basadas en la capacidad de apreciación y su “cultura” en ese momento, y que además, nunca había visto a Jorge previamente, por lo que lo reconoció “sin lugar a dudas” después de su detención.

Asimismo aclararon que la impresión de la ficha signaléctica fue producto de las características físicas obtenidas del retrato, pues con ellas fue que se dio con tal ficha de 2015, ya que eran coincidentes.

Por otro lado, aseguraron que las investigaciones estuvieron siempre basadas en los protocolos y códigos nacionales, cumpliendo con todos los requisitos, por lo que no hubo ninguna violación.

En conclusión a su participación, sobre el tema de la conferencia de prensa, expuso que el rostro del imputado estaba pixelado, y que durante el discurso, nunca hubo una criminalización o culpabilidad directa, sino que sólo se presentó como un sospechoso, cuya detención obedeció a otras causas.

Resolutiva

Finalmente, el juez de control, tras analizar ambas posiciones, determinó que era factible su vinculación a proceso, ya que los argumentos que presentó la parte defensora no refutan las pruebas y dictámenes genéticos ofrecidos por los agentes ministeriales y los médicos legistas.

Narró los hechos desde la desaparición de la menor hasta el hallazgo de su cadáver, donde se localizó un cobertor verde con sangre y líquido seminal, el cual, al ser contrastado con los perfiles de la víctima y el victimario, dieron positivo, es decir, se trataba de Sanjuana y Jorge Rodolfo.

Además relató que el imputado vivía con una familia, cuya hija era amiga cercana a Sanjuana, misma que declaró haber sido tocada por Jorge Rodolfo, a quien además se le señaló de exhibicionista por haber estado desnudo enfrente de las dos menores.

Pidió que en relación al abuso de autoridad por parte de los policías ministeriales, se abra una investigación al respecto, para determinar si existió y de ser el caso, se proceda de manera correspondiente.

Concluyó que aunque los datos ofrecidos por la defensoría cuestionan las pruebas, no las destruyen, debido a su contundencia, por lo que aprobó su vinculación a proceso.

Finalmente, la FGJE pidió un plazo de investigación complementaria de seis meses, estando de acuerdo la parte defensora, declarando el juez, que entonces se deberán entregar los resultados el próximo 2 de febrero de 2019, para después proceder a la segunda fase y finalmente a la sentencia.

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