/ sábado 3 de septiembre de 2022

Desacatan orden judicial y realizan novillada en Zacatecas

En la puerta principal de la Plaza de toros se colocó un letrero con la leyenda “evento privado”

Finalmente, la empresa Don Bull y las autoridades encargadas de la Feria Nacional de Zacatecas decidieron incurrir en desacato y la novillada programada para el sábado 3 de septiembre se llevó a cabo en la Plaza de Toros Monumental de Zacatecas.

A pesar de la suspensión definitiva determinada por la Jueza Segunda de Distrito, los organizadores decidieron llevar a cabo el evento.

Se habló de la posibilidad de que grupos de animalistas impidieran el ingreso a la Plaza de Toros este sábado, pero el lugar estuvo en total tranquilidad.

Se trató de una novillada protagonizada por José Ma Mendoza, Jussef, Rafael Soriano, Juan Querencia, Hidalgo García, César Pacheco y Lolo Gutiérrez.

La ganadería fue Torrecilla, del ganadero zacatecano Sergio Bonilla.

Con esto, dio inicio el serial taurino dentro de la Feria Nacional de Zacatecas.

En la puerta principal de la Plaza de Toros se colocó un letrero que decía “Evento Privado”.

En punto de las 17:30 horas salió “Defensor”, el primero de la tarde e iniciaron los festejos taurinos de la Feria Nacional de Zacatecas.

Lo que dice la ley

El Colectivo Nacional Anticorrupción (Colecna) presentó un juicio de amparo contra las corridas de toros en el que argumentaron que, con la crueldad de la fiesta, se daba una violación al medio ambiente sano.

Se otorgó la suspensión definitiva y se determinó que no se podía llevar a cabo el acto reclamado, especificado como las corridas de toros incluidas en el cartel de la Feria Nacional de Zacatecas 2022.

Lo que señala la Ley de Amparo es que para las autoridades responsables hay responsabilidad penal, en el Artículo 262 dice que se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución y deshabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión pública, al servidor público que con carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión, no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que se incurra.

Se incurre en desacato desde el momento en que la orden de la juez fue en suspender la elaboración, programación, difusión, desarrollo y ejecución de eventos taurinos, que no fue el evento en sí, sino también todo el proceso previo.

Escucha el podcast ↓

Finalmente, la empresa Don Bull y las autoridades encargadas de la Feria Nacional de Zacatecas decidieron incurrir en desacato y la novillada programada para el sábado 3 de septiembre se llevó a cabo en la Plaza de Toros Monumental de Zacatecas.

A pesar de la suspensión definitiva determinada por la Jueza Segunda de Distrito, los organizadores decidieron llevar a cabo el evento.

Se habló de la posibilidad de que grupos de animalistas impidieran el ingreso a la Plaza de Toros este sábado, pero el lugar estuvo en total tranquilidad.

Se trató de una novillada protagonizada por José Ma Mendoza, Jussef, Rafael Soriano, Juan Querencia, Hidalgo García, César Pacheco y Lolo Gutiérrez.

La ganadería fue Torrecilla, del ganadero zacatecano Sergio Bonilla.

Con esto, dio inicio el serial taurino dentro de la Feria Nacional de Zacatecas.

En la puerta principal de la Plaza de Toros se colocó un letrero que decía “Evento Privado”.

En punto de las 17:30 horas salió “Defensor”, el primero de la tarde e iniciaron los festejos taurinos de la Feria Nacional de Zacatecas.

Lo que dice la ley

El Colectivo Nacional Anticorrupción (Colecna) presentó un juicio de amparo contra las corridas de toros en el que argumentaron que, con la crueldad de la fiesta, se daba una violación al medio ambiente sano.

Se otorgó la suspensión definitiva y se determinó que no se podía llevar a cabo el acto reclamado, especificado como las corridas de toros incluidas en el cartel de la Feria Nacional de Zacatecas 2022.

Lo que señala la Ley de Amparo es que para las autoridades responsables hay responsabilidad penal, en el Artículo 262 dice que se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución y deshabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión pública, al servidor público que con carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión, no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que se incurra.

Se incurre en desacato desde el momento en que la orden de la juez fue en suspender la elaboración, programación, difusión, desarrollo y ejecución de eventos taurinos, que no fue el evento en sí, sino también todo el proceso previo.

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