/ martes 22 de junio de 2021

En qué consiste la iniciativa de reforma a la ley del ISSSTEZAC

El límite de cotización y pensión señala el mínimo de dos salarios y el máximo de 15 salarios

El Sol de Zacatecas

Entre los temas que trata esta iniciativa es justamente el sueldo básico de cotización, regularizar inmediatamente la cotización de compensación para el caso de trabajadores del SUTSEMOP y confianza; asimismo, incluir el aguinaldo como concepto cotizable, lo que quiere decir que hay un sistema de pensiones que está desequilibrado, los pensionados de la burocracia reciben mucho menos pensión que los trabajadores del magisterio y lo que se pretende es que se cotice con todos los conceptos, de tal manera que se pudieran tener este pensiones más equilibradas para el caso de la burocracia.

En la regulación de la compensación es importante que se vaya regulando poco a poco, de manera gradual, del 10 por ciento conforme vayan pasando los años, hasta llegar al 100 por ciento conforme a los años que falten para jubilarse.

También se habla del aguinaldo, que actualmente es de 60 días que para quienes dependen de la ley del 2015 y los derechohabientes con derechos adquiridos, y 30 días para los que tienen expectativa de derecho, pero sobre todo que sea gravable.

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El límite de cotización y pensión señala el mínimo de dos salarios y el máximo de 15 salarios, el tema toral de esta reforma es la complementariedad de las pensiones con el IMSS, gradual y hasta el 50 por ciento para cotizantes afiliados al IMSS bajo el régimen de 1973, y al 100 por ciento para trabajadores afiliados al IMSS bajo el régimen de 1997.

Se propone un sueldo regulador de hasta el 94 por ciento sueldo básico de cotización, se propone la pensión por fallecimiento por causas ajenas al trabajo, antes sólo se tenían pensiones por orfandad, ahora se elimina esa y se integra la pensión por fallecimiento por causas ajenas al trabajo que cubre no solamente a los huérfanos, sino a cualquier beneficiario del trabajador.

Se modifica el esquema de cuotas aportaciones, bajo escenarios que se estuvieron analizando con la parte de gobierno, de tal manera que se pudiera tener un sistema perenne, con un incremento gradual de las aportaciones, pero también de las cotizaciones de los trabajadores que solamente sube prácticamente 4 por ciento, sube más para estado, mucho más que para los trabajadores.

También se trata de extinguir las áreas de la actividad comercial, porque actualmente el déficit financiero que deriva de las pérdidas de áreas comerciales es financiado con recursos de cuotas y aportaciones, lo cual no se puede seguir permitiendo, para ello se propone liquidar esta actividad contemplando alternativas de liquidación, concesión, venta arrendamiento.

El objetivo principal es que el ISSSTEZAC no opere más las áreas comerciales y turísticas, pero que mantenga, si es posible, las propiedades de los bienes inmuebles en un contexto de generación de beneficio económico por concesión o arrendamiento.

Prácticamente, se va a seguir convirtiendo la reserva técnica en líquida y eso es en lo que consiste esta propuesta de reforma.

Síguenos en facebook: Solzac y twitter @soldezacatecas

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Entre los temas que trata esta iniciativa es justamente el sueldo básico de cotización, regularizar inmediatamente la cotización de compensación para el caso de trabajadores del SUTSEMOP y confianza; asimismo, incluir el aguinaldo como concepto cotizable, lo que quiere decir que hay un sistema de pensiones que está desequilibrado, los pensionados de la burocracia reciben mucho menos pensión que los trabajadores del magisterio y lo que se pretende es que se cotice con todos los conceptos, de tal manera que se pudieran tener este pensiones más equilibradas para el caso de la burocracia.

En la regulación de la compensación es importante que se vaya regulando poco a poco, de manera gradual, del 10 por ciento conforme vayan pasando los años, hasta llegar al 100 por ciento conforme a los años que falten para jubilarse.

También se habla del aguinaldo, que actualmente es de 60 días que para quienes dependen de la ley del 2015 y los derechohabientes con derechos adquiridos, y 30 días para los que tienen expectativa de derecho, pero sobre todo que sea gravable.

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El límite de cotización y pensión señala el mínimo de dos salarios y el máximo de 15 salarios, el tema toral de esta reforma es la complementariedad de las pensiones con el IMSS, gradual y hasta el 50 por ciento para cotizantes afiliados al IMSS bajo el régimen de 1973, y al 100 por ciento para trabajadores afiliados al IMSS bajo el régimen de 1997.

Se propone un sueldo regulador de hasta el 94 por ciento sueldo básico de cotización, se propone la pensión por fallecimiento por causas ajenas al trabajo, antes sólo se tenían pensiones por orfandad, ahora se elimina esa y se integra la pensión por fallecimiento por causas ajenas al trabajo que cubre no solamente a los huérfanos, sino a cualquier beneficiario del trabajador.

Se modifica el esquema de cuotas aportaciones, bajo escenarios que se estuvieron analizando con la parte de gobierno, de tal manera que se pudiera tener un sistema perenne, con un incremento gradual de las aportaciones, pero también de las cotizaciones de los trabajadores que solamente sube prácticamente 4 por ciento, sube más para estado, mucho más que para los trabajadores.

También se trata de extinguir las áreas de la actividad comercial, porque actualmente el déficit financiero que deriva de las pérdidas de áreas comerciales es financiado con recursos de cuotas y aportaciones, lo cual no se puede seguir permitiendo, para ello se propone liquidar esta actividad contemplando alternativas de liquidación, concesión, venta arrendamiento.

El objetivo principal es que el ISSSTEZAC no opere más las áreas comerciales y turísticas, pero que mantenga, si es posible, las propiedades de los bienes inmuebles en un contexto de generación de beneficio económico por concesión o arrendamiento.

Prácticamente, se va a seguir convirtiendo la reserva técnica en líquida y eso es en lo que consiste esta propuesta de reforma.

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