/ miércoles 23 de enero de 2019

Estas son las razones por las que aprehendieron a ex alcalde de Trancoso

Fueron dos denuncias de hechos, una por presunto desvío de recursos públicos y otra por aplicación indebida de recursos federales

Zacatecas, Zac.- La tarde de ayer martes se cumplimentó la orden de aprehensión contra un exalcalde de Trancoso, acusado por el delito de peculado en el ejercicio fiscal 2015. Fueron dos denuncias de hechos, una por presunto desvío de recursos públicos y otra por aplicación indebida de recursos federales que contabilizaron un daño al municipio por el orden de los 132 millones 591 mil 750.03 pesos.

Al enfrentar ya una sentencia de tres años y medio bajo fianza, no tendrá derecho a enfrentar este nuevo proceso en libertad.

El expresidente municipal había sido detenido por la no presentación de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2014, y ahora enfrenta delitos derivados de otro ejercicio fiscal.

El Fiscal Especial Anticorrupción, Salvador Eduardo Villa Almaraz, confirmó la cumplimentación y se va a esperar a que el juez determine la situación para la audiencia.

La orden de aprehensión se da como una medida cautelar para que fuera presentado ante el juez el exfuncionario municipal y pudiera iniciarse ya el proceso.

El mismo exalcalde había enfrentado ya un proceso, se había dictado una sentencia de tres años y medio, y se había acogido a los beneficios que establece el proceso y está purgando su sentencia firmando cada 15 días, además de imponerle una multa.

Una vez que se se judicializó la carpeta y se puso en manos del juez de control, como medida cautelar autorizó la orden de aprehensión para ser presentado e iniciar el proceso correspondiente.

Por este delito, el exalcalde enfrenta una sanción de tres a diez años de prisión, una multa, y la suspensión de sus derechos políticos.

Cuenta Pública de Trancoso

La Auditoría Superior del Estado (ASE), determinó irregularidades en el Ayuntamiento de Trancoso, por más de 134 millones de pesos a resarcir.

Aparte, la Auditoría Superior del Estado presentó ante las autoridades correspondientes, denuncias de hechos derivadas de las acciones números AF-15/50-036 y PF-15/50-058 para que se investiguen hechos probablemente constitutivos de delito, lo anterior se detalla a continuación:

AF-15/50-036.- En ejercicio de sus facultades la Auditoría Superior del Estado presentará ante la Dirección General de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas, Denuncia de Hechos relativa la presunción del desvío de recursos públicos propios y ocultamiento de información contable y financiera del municipio de Trancoso, Zacatecas, correspondiente a entrada de recursos por el orden de 56 milones 018 mil 920.81 pesos en tres de las cuentas bancarias propiedad del municipio y que utilizó durante el ejercicio fiscal 2015, con números 0887463921, 0199747036 y 0256248229, de la Institución Bancaria denominada Banco Mercantil del Norte, S.A., y que constituye la probable existencia de uno o más delitos, en términos de la legislación vigente.

PF-15/50-058.- En ejercicio de sus facultades, la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas, presentó ante la Procuraduría General de Justicia de Estado de Zacatecas, Denuncia de Hechos en contra de quien o quienes resulten responsables, por la presunción del delito de aplicación indebida de recursos públicos federales, correspondientes al Fondo III, Fondo IV y de Otros Fondos y/o Programas Federales, por lo cual se determina la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal por un importe total de 76 millones 572 mil 829.22 pesos así como de aquellos daños y perjuicios que resulten, por tratarse de procesos de revisión aún no concluidos, en virtud de que el municipio no presentó documentos probatorios que comprueben y justifiquen que los recursos erogados de Fondo III, Fondo IV y de Otros Fondos y/o Programas Federales, se aplicaron a los fines para los que fueron establecidos, asimismo, tampoco presentó evidencia documental que demuestre que la operación y administración de estos recursos, se realizó conforme a la normatividad aplicable para su Aprobación, Programación y Presupuestación, desconociéndose cuales fueron las obras y acciones realizadas con los recursos erogados y el estatus físico financiero de las mismas; de igual forma, tampoco presento evidencia documental que demuestre que para la aplicación de los recursos erogados, se apegó a los procesos de Adjudicación, Contratación Ejecución, Supervisión y Control, de conformidad con la normatividad aplicable en materia de obra pública y en su caso de adquisición y presentación de servicios.

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El expresidente municipal había sido detenido por la no presentación de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2014, y ahora enfrenta delitos derivados de otro ejercicio fiscal.

El Fiscal Especial Anticorrupción, Salvador Eduardo Villa Almaraz, confirmó la cumplimentación y se va a esperar a que el juez determine la situación para la audiencia.

La orden de aprehensión se da como una medida cautelar para que fuera presentado ante el juez el exfuncionario municipal y pudiera iniciarse ya el proceso.

El mismo exalcalde había enfrentado ya un proceso, se había dictado una sentencia de tres años y medio, y se había acogido a los beneficios que establece el proceso y está purgando su sentencia firmando cada 15 días, además de imponerle una multa.

Una vez que se se judicializó la carpeta y se puso en manos del juez de control, como medida cautelar autorizó la orden de aprehensión para ser presentado e iniciar el proceso correspondiente.

Por este delito, el exalcalde enfrenta una sanción de tres a diez años de prisión, una multa, y la suspensión de sus derechos políticos.

Cuenta Pública de Trancoso

La Auditoría Superior del Estado (ASE), determinó irregularidades en el Ayuntamiento de Trancoso, por más de 134 millones de pesos a resarcir.

Aparte, la Auditoría Superior del Estado presentó ante las autoridades correspondientes, denuncias de hechos derivadas de las acciones números AF-15/50-036 y PF-15/50-058 para que se investiguen hechos probablemente constitutivos de delito, lo anterior se detalla a continuación:

AF-15/50-036.- En ejercicio de sus facultades la Auditoría Superior del Estado presentará ante la Dirección General de Investigaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas, Denuncia de Hechos relativa la presunción del desvío de recursos públicos propios y ocultamiento de información contable y financiera del municipio de Trancoso, Zacatecas, correspondiente a entrada de recursos por el orden de 56 milones 018 mil 920.81 pesos en tres de las cuentas bancarias propiedad del municipio y que utilizó durante el ejercicio fiscal 2015, con números 0887463921, 0199747036 y 0256248229, de la Institución Bancaria denominada Banco Mercantil del Norte, S.A., y que constituye la probable existencia de uno o más delitos, en términos de la legislación vigente.

PF-15/50-058.- En ejercicio de sus facultades, la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas, presentó ante la Procuraduría General de Justicia de Estado de Zacatecas, Denuncia de Hechos en contra de quien o quienes resulten responsables, por la presunción del delito de aplicación indebida de recursos públicos federales, correspondientes al Fondo III, Fondo IV y de Otros Fondos y/o Programas Federales, por lo cual se determina la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal por un importe total de 76 millones 572 mil 829.22 pesos así como de aquellos daños y perjuicios que resulten, por tratarse de procesos de revisión aún no concluidos, en virtud de que el municipio no presentó documentos probatorios que comprueben y justifiquen que los recursos erogados de Fondo III, Fondo IV y de Otros Fondos y/o Programas Federales, se aplicaron a los fines para los que fueron establecidos, asimismo, tampoco presentó evidencia documental que demuestre que la operación y administración de estos recursos, se realizó conforme a la normatividad aplicable para su Aprobación, Programación y Presupuestación, desconociéndose cuales fueron las obras y acciones realizadas con los recursos erogados y el estatus físico financiero de las mismas; de igual forma, tampoco presento evidencia documental que demuestre que para la aplicación de los recursos erogados, se apegó a los procesos de Adjudicación, Contratación Ejecución, Supervisión y Control, de conformidad con la normatividad aplicable en materia de obra pública y en su caso de adquisición y presentación de servicios.

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