/ sábado 22 de abril de 2023

Esto es lo que puedes deducir de declaración anual al SAT

El próximo 2 de mayo vence el plazo para personas físicas

El día 2 de mayo es la fecha límite para presentar la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Abiud Contreras Favela, administrador de Servicios al Contribuyente en Zacatecas informó que están obligados quienes perciben ingresos por sueldos y salarios, asimilados a salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, rentas de bienes inmuebles, intereses o dividendos y enajenación o adquisición de bienes.

Además, este es el primer año en que los contribuyentes por el Régimen Simplificado de Confianza deben presentar su declaración anual. La tasa de este Impuesto Sobre la Renta es del 1 al 2.5%, la cual es mínima si se compara con la del régimen general de ley, dijo el funcionario a El Sol de Zacatecas.

¿Qué se necesita para declarar?

Para poder presentar la declaración solamente se debe contar con un RFC y contraseña y entrar a la página sat.gob.mx. Quienes no cuenten con contraseña, la pueden obtener a través de la plataforma SAT ID, herramienta electrónica que puso en funcionamiento durante la pandemia para llevar a cabo dicho trámite sin necesidad de hacer el trámite presencial.

La contraseña basta para presentar la declaración anual de aquellos contribuyentes cuyo saldo a favor sea igual o menor a 10 mil pesos. Si el monto es mayor y hasta 150 mil, se puede presentar con contraseña siempre y cuando se utilice la clabe interbancaria usada el año pasado.

Es obligatoria la Firma Electrónica sólo cuando el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y se está utilizando una nueva clabe interbancaria.

¿Los gastos deducibles?

Las deducciones que puede hacer el contribuyente van desde los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, consultas con nutriólogos y psicólogos, hasta donativos, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, aportaciones complementarias de retiro, colegiaturas, prima de seguro gastos médicos, colegiaturas, lentes ópticos y gastos funerarios.

También son deducibles los intereses por créditos hipotecarios. Abiud Contreras dijo que el gasto que la mayoría de los contribuyentes deducen en su declaración anual es precisamente el de créditos hipotecarios.

Aclaró que, para poder deducir los gastos de honorarios médicos, dentales, hospitalarios, consultas con nutriólogos y psicólogos, así como las colegiaturas, deben ser pagados de forma electrónica: por tarjeta de débito, crédito, cheque o trasferencia. Para el resto de los gastos es correcto pagar en efectivo, contando con su factura.


El día 2 de mayo es la fecha límite para presentar la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Abiud Contreras Favela, administrador de Servicios al Contribuyente en Zacatecas informó que están obligados quienes perciben ingresos por sueldos y salarios, asimilados a salarios, servicios profesionales, actividades empresariales, rentas de bienes inmuebles, intereses o dividendos y enajenación o adquisición de bienes.

Además, este es el primer año en que los contribuyentes por el Régimen Simplificado de Confianza deben presentar su declaración anual. La tasa de este Impuesto Sobre la Renta es del 1 al 2.5%, la cual es mínima si se compara con la del régimen general de ley, dijo el funcionario a El Sol de Zacatecas.

¿Qué se necesita para declarar?

Para poder presentar la declaración solamente se debe contar con un RFC y contraseña y entrar a la página sat.gob.mx. Quienes no cuenten con contraseña, la pueden obtener a través de la plataforma SAT ID, herramienta electrónica que puso en funcionamiento durante la pandemia para llevar a cabo dicho trámite sin necesidad de hacer el trámite presencial.

La contraseña basta para presentar la declaración anual de aquellos contribuyentes cuyo saldo a favor sea igual o menor a 10 mil pesos. Si el monto es mayor y hasta 150 mil, se puede presentar con contraseña siempre y cuando se utilice la clabe interbancaria usada el año pasado.

Es obligatoria la Firma Electrónica sólo cuando el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y se está utilizando una nueva clabe interbancaria.

¿Los gastos deducibles?

Las deducciones que puede hacer el contribuyente van desde los honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, consultas con nutriólogos y psicólogos, hasta donativos, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, aportaciones complementarias de retiro, colegiaturas, prima de seguro gastos médicos, colegiaturas, lentes ópticos y gastos funerarios.

También son deducibles los intereses por créditos hipotecarios. Abiud Contreras dijo que el gasto que la mayoría de los contribuyentes deducen en su declaración anual es precisamente el de créditos hipotecarios.

Aclaró que, para poder deducir los gastos de honorarios médicos, dentales, hospitalarios, consultas con nutriólogos y psicólogos, así como las colegiaturas, deben ser pagados de forma electrónica: por tarjeta de débito, crédito, cheque o trasferencia. Para el resto de los gastos es correcto pagar en efectivo, contando con su factura.


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