/ lunes 30 de octubre de 2023

CNDH emite recomendación a la Fiscalía de Zacatecas

Por entorpecer reiteradamente las investigaciones por el secuestro de cuatro personas.

Mientras Francisco Murillo Ruiseco se dispone a dejar la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), salieron a la luz nuevos señalamientos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la institución de procuración de justicia por una serie de negligencias que “entorpecieron” y “trastocaron” la búsqueda de personas desaparecidas.

En la recomendación 167 /2023, la CNDH expone que los órganos de procuración de Zacatecas y Jalisco, violaron los derechos humanos al acceso a la justicia, a la verdad y a la integridad personal, durante las investigaciones del secuestro de dos hombres y dos mujeres jaliscienses, ocurrido en septiembre del 2010 en el municipio de Calera, y cuyo paradero aún se desconoce.

La recomendación con fecha del 31 de agosto (publicada semanas después) y firmada por la titular de la Comisión, María del Rosario Piedra Ibarra, fue enviada al fiscal de Jalisco, Luis Joaquín Méndez Ruiz y su homólogo Francisco Murillo, quien en días recientes hizo pública su decisión de dejar su cargo a más tardar el próximo 31 de octubre.

Indagatorias irregulares, omisión de diligencias (o su realización tardía y deficiente) así como largos periodos de inactividad de los ministerios públicos y de los policías de investigación, son algunas de las faltas en que incurrieron autoridades zacatecanas, desde que en enero del 2011 recibieron la denuncia del caso.

El documento detalla que algunas negligencias ocurrieron cuando la procuraduría de Zacatecas era encabezada por el hoy magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Arturo Nahle García, y siguieron cometiéndose después de la transición a Fiscalía, cuyo titular aún es Francisco Murillo.

A la instancia jalisciense se le señala por negligencias en la integración de las primeras averiguaciones previas, y “a la entonces Procuraduría y posterior Fiscalía de Zacatecas” le atribuye violaciones ocurridas durante las averiguaciones previas 3, 4 y 6, así como en la Carpeta de Investigación I que inició en octubre del 2018 y en la cual hay registro de actividad hasta octubre del 2022.

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“Pídanle a Dios por nosotros”

El 30 de septiembre de 2010, Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez salieron de la localidad de Ahualulco de Mercado Jalisco, hacia Guadalajara, donde recogieron a otra pareja con la que tenían amistad (cuyos nombres no se han hecho públicos) para partir con destino a Oklahoma, Estados Unidos, en donde pretendían vacacionar.

El 4 de octubre, desde uno de los celulares de las personas desparecidas, se enviaron mensajes donde, según la denuncia de sus familiares, les informaron que “estaban en Calera, Zacatecas y que andaban como unos pinches limosneros”. En otro mensaje expresaron: “no podemos hablar corremos peligro, pídanle a Dios por nosotros”.

El 16 de noviembre, desde otro teléfono, familiares recibieron un mensaje de texto pidiendo rescate por una de las personas desaparecidas; el dinero se depositó a la cuenta bancaria señalada por los captores, pero la liberación nunca se dio.

Las “investigaciones”

El 18 de octubre del 2010 se presentó la primera denuncia en Jalisco y por “una grave negligencia”, las autoridades dejaron pasar más de dos meses sin que se practicaran diligencias mínimas para la búsqueda y el esclarecimiento de los hechos, según expuso la CNDH.

La Comisión también señala que “debido a que no se hizo investigación oportuna y diligente, tuvieron que transcurrir cuatro años, dos meses y quince días para que la representación social del fuero común de Jalisco determinara su incompetencia a su homólogo de Zacatecas, ya que la desaparición ocurrió fuera de su jurisdicción “ocasionando con ello que se perdieran evidencias en perjuicio de las víctimas”.

El 25 de enero del 2011, los familiares denunciaron la desaparición ante la Procuraduría de Zacatecas, donde también se registró “un retraso por demás injustificable en la procuración de justicia”:

Esta Comisión Nacional advirtió que desde la fecha en que fue presentada la denuncia en la Procuraduría de Zacatecas, al día en que se notificó la primer (sic) orden para que se investigaran los hechos, transcurrieron tres meses y tres días.

El único resultado relevante se dio años después, en mayo del 2015, cuando se capturó al titular de la cuenta bancaria en la que se depositó el rescate, quien luego fue sentenciado a 30 años de prisión por secuestro; pena que fue apelada y que en mayo del 2021 se redujo a 15 años.

En tiempos de Murillo

La carpeta de investigación número uno se inició el 25 de octubre del 2018, ocho meses después de que Francisco Murillo fue designado como fiscal general de Zacatecas, y quien ya tenía dos años al frente de la Procuraduría.

La carpeta de investigación continuaría con el desglose de la averiguación previa 6, donde la CNDH advirtió “amplios periodos de inactividad”, y “no se advirtió diligencia ministerial alguna que impulsara la investigación”.

Al respecto, la recomendación agrega: “Existe una notoria e indebida procuración de justicia (…) omitieron realizar las acciones pertinentes para el esclarecimiento de los hechos delictivos y la búsqueda de las víctimas (…) su actuación no refleja la existencia de un marco mínimo necesario en materia de acceso a la justicia”.

“A usted señor fiscal…”

En un apartado del documento identificado como “A usted señor Fiscal General de Justicia del estado de Zacatecas”, la CNDH recomienda reanudar las diligencias para “identificar y localizar a los probables responsables, así como para ubicar el paradero” de las cuatro víctimas directas.

También se le recomienda colaborar con la CNDH en la denuncia administrativa que se formule en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía de Zacatecas, en contra de cuatro autoridades responsables de la FGJE “toda vez que la afectación provocada incidió directamente en derechos fundamentales como el derecho a la verdad y a ser buscado, situación que ha persistido hasta el momento”

En otro punto se expresa que “las autoridades recomendadas” de Jalisco y Zacatecas “deberán realizar cada una, un acto de reconocimiento de la responsabilidad institucional, por las violaciones al derecho humano al acceso a la justicia” en un plazo no mayor a seis meses. Según las propias declaraciones de Francisco Murillo, su intención es dejar el cargo el 31 de octubre de este año.

Mientras Francisco Murillo Ruiseco se dispone a dejar la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), salieron a la luz nuevos señalamientos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la institución de procuración de justicia por una serie de negligencias que “entorpecieron” y “trastocaron” la búsqueda de personas desaparecidas.

En la recomendación 167 /2023, la CNDH expone que los órganos de procuración de Zacatecas y Jalisco, violaron los derechos humanos al acceso a la justicia, a la verdad y a la integridad personal, durante las investigaciones del secuestro de dos hombres y dos mujeres jaliscienses, ocurrido en septiembre del 2010 en el municipio de Calera, y cuyo paradero aún se desconoce.

La recomendación con fecha del 31 de agosto (publicada semanas después) y firmada por la titular de la Comisión, María del Rosario Piedra Ibarra, fue enviada al fiscal de Jalisco, Luis Joaquín Méndez Ruiz y su homólogo Francisco Murillo, quien en días recientes hizo pública su decisión de dejar su cargo a más tardar el próximo 31 de octubre.

Indagatorias irregulares, omisión de diligencias (o su realización tardía y deficiente) así como largos periodos de inactividad de los ministerios públicos y de los policías de investigación, son algunas de las faltas en que incurrieron autoridades zacatecanas, desde que en enero del 2011 recibieron la denuncia del caso.

El documento detalla que algunas negligencias ocurrieron cuando la procuraduría de Zacatecas era encabezada por el hoy magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Arturo Nahle García, y siguieron cometiéndose después de la transición a Fiscalía, cuyo titular aún es Francisco Murillo.

A la instancia jalisciense se le señala por negligencias en la integración de las primeras averiguaciones previas, y “a la entonces Procuraduría y posterior Fiscalía de Zacatecas” le atribuye violaciones ocurridas durante las averiguaciones previas 3, 4 y 6, así como en la Carpeta de Investigación I que inició en octubre del 2018 y en la cual hay registro de actividad hasta octubre del 2022.

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“Pídanle a Dios por nosotros”

El 30 de septiembre de 2010, Dalia Guadalupe Cruz Guerrero y su esposo Luis Ramón Enciso Ramírez salieron de la localidad de Ahualulco de Mercado Jalisco, hacia Guadalajara, donde recogieron a otra pareja con la que tenían amistad (cuyos nombres no se han hecho públicos) para partir con destino a Oklahoma, Estados Unidos, en donde pretendían vacacionar.

El 4 de octubre, desde uno de los celulares de las personas desparecidas, se enviaron mensajes donde, según la denuncia de sus familiares, les informaron que “estaban en Calera, Zacatecas y que andaban como unos pinches limosneros”. En otro mensaje expresaron: “no podemos hablar corremos peligro, pídanle a Dios por nosotros”.

El 16 de noviembre, desde otro teléfono, familiares recibieron un mensaje de texto pidiendo rescate por una de las personas desaparecidas; el dinero se depositó a la cuenta bancaria señalada por los captores, pero la liberación nunca se dio.

Las “investigaciones”

El 18 de octubre del 2010 se presentó la primera denuncia en Jalisco y por “una grave negligencia”, las autoridades dejaron pasar más de dos meses sin que se practicaran diligencias mínimas para la búsqueda y el esclarecimiento de los hechos, según expuso la CNDH.

La Comisión también señala que “debido a que no se hizo investigación oportuna y diligente, tuvieron que transcurrir cuatro años, dos meses y quince días para que la representación social del fuero común de Jalisco determinara su incompetencia a su homólogo de Zacatecas, ya que la desaparición ocurrió fuera de su jurisdicción “ocasionando con ello que se perdieran evidencias en perjuicio de las víctimas”.

El 25 de enero del 2011, los familiares denunciaron la desaparición ante la Procuraduría de Zacatecas, donde también se registró “un retraso por demás injustificable en la procuración de justicia”:

Esta Comisión Nacional advirtió que desde la fecha en que fue presentada la denuncia en la Procuraduría de Zacatecas, al día en que se notificó la primer (sic) orden para que se investigaran los hechos, transcurrieron tres meses y tres días.

El único resultado relevante se dio años después, en mayo del 2015, cuando se capturó al titular de la cuenta bancaria en la que se depositó el rescate, quien luego fue sentenciado a 30 años de prisión por secuestro; pena que fue apelada y que en mayo del 2021 se redujo a 15 años.

En tiempos de Murillo

La carpeta de investigación número uno se inició el 25 de octubre del 2018, ocho meses después de que Francisco Murillo fue designado como fiscal general de Zacatecas, y quien ya tenía dos años al frente de la Procuraduría.

La carpeta de investigación continuaría con el desglose de la averiguación previa 6, donde la CNDH advirtió “amplios periodos de inactividad”, y “no se advirtió diligencia ministerial alguna que impulsara la investigación”.

Al respecto, la recomendación agrega: “Existe una notoria e indebida procuración de justicia (…) omitieron realizar las acciones pertinentes para el esclarecimiento de los hechos delictivos y la búsqueda de las víctimas (…) su actuación no refleja la existencia de un marco mínimo necesario en materia de acceso a la justicia”.

“A usted señor fiscal…”

En un apartado del documento identificado como “A usted señor Fiscal General de Justicia del estado de Zacatecas”, la CNDH recomienda reanudar las diligencias para “identificar y localizar a los probables responsables, así como para ubicar el paradero” de las cuatro víctimas directas.

También se le recomienda colaborar con la CNDH en la denuncia administrativa que se formule en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía de Zacatecas, en contra de cuatro autoridades responsables de la FGJE “toda vez que la afectación provocada incidió directamente en derechos fundamentales como el derecho a la verdad y a ser buscado, situación que ha persistido hasta el momento”

En otro punto se expresa que “las autoridades recomendadas” de Jalisco y Zacatecas “deberán realizar cada una, un acto de reconocimiento de la responsabilidad institucional, por las violaciones al derecho humano al acceso a la justicia” en un plazo no mayor a seis meses. Según las propias declaraciones de Francisco Murillo, su intención es dejar el cargo el 31 de octubre de este año.

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