/ miércoles 10 de enero de 2018

Emite CNDH recomendación a gobernador de Zacatecas

Zacatecas, Zac.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos(CNDH) dirigió una recomendación al gobernador Alejandro Tello,derivado del caso de cuatro alumnas de un jardín de niños ubicadoen el municipio de Río Grande, que fueron agredidas sexualmentepor su profesor de música.

La instancia nacional pidió que se procediera contra lasautoridades responsables que propiciaron y celebraron“convenio” con las representantes de las menores de edadafectadas, así como en contra de autoridades que administrativa ylaboralmente sólo ordenaron la “reubicación del profesor” ylas que instruyeron se procediera a la evaluación de las niñas“para determinar si decían la verdad o mentían en relación alprofesor”, lo que en última instancia infringió el derecho delas víctimas a no ser revictimizadas.

Según la denuncia, seestablece que el profesor las sentaba en sus piernas y lesrealizaba tocamientos en el cuerpo.

La Comisión Nacional de los DerechosHumanos (CNDH) dirigió la Recomendación 76/2017 al GobernadorAlejandro Tello Cristerna.

Las madres y una tía de las pequeñaspresentaron quejas por esas agresiones sexuales ante la ComisiónEstatal de Derechos Humanos de Zacatecas, instancia que determinóla responsabilidad del profesor y emitió la Recomendación 10/2016dirigida a la Secretaría de Educación Pública del Estado, que nose pronunció oportunamente sobre suaceptación.

Fue con posterioridad y ante el requerimiento de la CNDH, queinformó que la observó y llevó a cabo su cumplimiento.

Sin embargo, la madre de una de las alumnas afectadas consideróinsuficiente el contenido de la Recomendación de la Comisiónlocal, manifestando que en todo momento debe velarse por laseguridad de los menores y el principio del interés superior de laniñez, además de que no garantizaba la no repetición de lasfaltas cometidas por el profesor; por ello, la inconforme presentóun recurso de impugnación ante la Comisión Estatal, la cualremitió a la CNDH, que registró con el número de expedienteCNDH/2/2016/395/RI.

El organismo nacional considera que, de acuerdo con lasevidencias del expediente de queja original, las conductasviolatorias de los derechos humanos cometidas en agravio de lascuatro menores de edad están acreditadas con las propiasdeclaraciones de las niñas.

Además, con los testimonios de las madres y familiares, losdictámenes psicológicos emitidos por el Instituto Zacatecano deCiencias Forenses y en las consideraciones contenidas en lassentencias definitivas de dos causas penales, en las que seconcluyó que el agresor, en el ejercicio de su profesión comomaestro en el Jardín de Niños, faltó a su calidad de garante yagravió de forma directa a las niñas.

La Comisión Nacional se pronunció por la reparación integraldel daño a las víctimas y por las medidas de no repetición.

El organismo nacional reiteró su rechazo a este tipo deconductas y manifiesta una especial preocupación porque lasagresiones sexuales que sufren las niñas en centros escolares enel país queden impunes, porque esos hechos pueden conllevar a lanormalización de una subcultura de la violencia en contra demenores que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Por ello, pide al Gobernador deZacatecas girar sus instrucciones a efecto de que la Secretaría deEducación de la entidad repare el daño causado a las cuatroniñas en términos de la Ley de Atención a Víctimas del Estado yse proceda a su inscripción en el Registro Estatal de Víctimas,con el objetivo de que puedan tener acceso a los beneficios delcorrespondiente Fondo de Ayuda, Asistencia y ReparaciónIntegral.

Proporcionar atención psicológica yde rehabilitación a las menores y a las víctimas indirectas queasí lo requieran; impartir un curso de carácter obligatorio atodo el personal, docente y administrativo de la Secretaría deEducación de Zacatecas, sobre prevención, detección y actuaciónen casos de abuso infantil, dirigido en primer lugar a lasautoridades del Jardín de Niños y progresivamente a la totalidadde planteles educativos de la entidad.

Asegurar la difusión, conocimiento y efectiva aplicación delos Protocolos del Estado para la Prevención, Detección yActuación en Casos de Abuso Sexual Infantil, Acoso Escolar yMaltrato en las Escuelas de Educación Básica, elaborandoregistros e indicadores que sirvan para conocer la incidencia decasos en los planteles educativos.

Colaborar en el seguimiento de los procedimientosadministrativos de responsabilidad que se inicien en contra delprofesor de música y demás autoridades señaladas, con motivo dela queja que la CNDH presente ante la Secretaría de la FunciónPública del Gobierno del Estado.

Incorporar una copia de esta Recomendación a los expedienteslaborales y personales de los servidores públicos involucrados enel caso.

Realizar lo conducente, a efecto de que el profesor responsable,previo consentimiento, reciba el tratamiento correspondiente, entérminos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre deViolencia para el estado de Zacatecas. Designar al servidorpúblico que fungirá como enlace con esta Comisión Nacional paradar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sudestinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

Zacatecas, Zac.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos(CNDH) dirigió una recomendación al gobernador Alejandro Tello,derivado del caso de cuatro alumnas de un jardín de niños ubicadoen el municipio de Río Grande, que fueron agredidas sexualmentepor su profesor de música.

La instancia nacional pidió que se procediera contra lasautoridades responsables que propiciaron y celebraron“convenio” con las representantes de las menores de edadafectadas, así como en contra de autoridades que administrativa ylaboralmente sólo ordenaron la “reubicación del profesor” ylas que instruyeron se procediera a la evaluación de las niñas“para determinar si decían la verdad o mentían en relación alprofesor”, lo que en última instancia infringió el derecho delas víctimas a no ser revictimizadas.

Según la denuncia, seestablece que el profesor las sentaba en sus piernas y lesrealizaba tocamientos en el cuerpo.

La Comisión Nacional de los DerechosHumanos (CNDH) dirigió la Recomendación 76/2017 al GobernadorAlejandro Tello Cristerna.

Las madres y una tía de las pequeñaspresentaron quejas por esas agresiones sexuales ante la ComisiónEstatal de Derechos Humanos de Zacatecas, instancia que determinóla responsabilidad del profesor y emitió la Recomendación 10/2016dirigida a la Secretaría de Educación Pública del Estado, que nose pronunció oportunamente sobre suaceptación.

Fue con posterioridad y ante el requerimiento de la CNDH, queinformó que la observó y llevó a cabo su cumplimiento.

Sin embargo, la madre de una de las alumnas afectadas consideróinsuficiente el contenido de la Recomendación de la Comisiónlocal, manifestando que en todo momento debe velarse por laseguridad de los menores y el principio del interés superior de laniñez, además de que no garantizaba la no repetición de lasfaltas cometidas por el profesor; por ello, la inconforme presentóun recurso de impugnación ante la Comisión Estatal, la cualremitió a la CNDH, que registró con el número de expedienteCNDH/2/2016/395/RI.

El organismo nacional considera que, de acuerdo con lasevidencias del expediente de queja original, las conductasviolatorias de los derechos humanos cometidas en agravio de lascuatro menores de edad están acreditadas con las propiasdeclaraciones de las niñas.

Además, con los testimonios de las madres y familiares, losdictámenes psicológicos emitidos por el Instituto Zacatecano deCiencias Forenses y en las consideraciones contenidas en lassentencias definitivas de dos causas penales, en las que seconcluyó que el agresor, en el ejercicio de su profesión comomaestro en el Jardín de Niños, faltó a su calidad de garante yagravió de forma directa a las niñas.

La Comisión Nacional se pronunció por la reparación integraldel daño a las víctimas y por las medidas de no repetición.

El organismo nacional reiteró su rechazo a este tipo deconductas y manifiesta una especial preocupación porque lasagresiones sexuales que sufren las niñas en centros escolares enel país queden impunes, porque esos hechos pueden conllevar a lanormalización de una subcultura de la violencia en contra demenores que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Por ello, pide al Gobernador deZacatecas girar sus instrucciones a efecto de que la Secretaría deEducación de la entidad repare el daño causado a las cuatroniñas en términos de la Ley de Atención a Víctimas del Estado yse proceda a su inscripción en el Registro Estatal de Víctimas,con el objetivo de que puedan tener acceso a los beneficios delcorrespondiente Fondo de Ayuda, Asistencia y ReparaciónIntegral.

Proporcionar atención psicológica yde rehabilitación a las menores y a las víctimas indirectas queasí lo requieran; impartir un curso de carácter obligatorio atodo el personal, docente y administrativo de la Secretaría deEducación de Zacatecas, sobre prevención, detección y actuaciónen casos de abuso infantil, dirigido en primer lugar a lasautoridades del Jardín de Niños y progresivamente a la totalidadde planteles educativos de la entidad.

Asegurar la difusión, conocimiento y efectiva aplicación delos Protocolos del Estado para la Prevención, Detección yActuación en Casos de Abuso Sexual Infantil, Acoso Escolar yMaltrato en las Escuelas de Educación Básica, elaborandoregistros e indicadores que sirvan para conocer la incidencia decasos en los planteles educativos.

Colaborar en el seguimiento de los procedimientosadministrativos de responsabilidad que se inicien en contra delprofesor de música y demás autoridades señaladas, con motivo dela queja que la CNDH presente ante la Secretaría de la FunciónPública del Gobierno del Estado.

Incorporar una copia de esta Recomendación a los expedienteslaborales y personales de los servidores públicos involucrados enel caso.

Realizar lo conducente, a efecto de que el profesor responsable,previo consentimiento, reciba el tratamiento correspondiente, entérminos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre deViolencia para el estado de Zacatecas. Designar al servidorpúblico que fungirá como enlace con esta Comisión Nacional paradar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación.

Esta Recomendación, que ya fue debidamente notificada a sudestinatario, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

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