/ jueves 14 de septiembre de 2023

Segob advierte que los símbolos patrios no deben alterarse

La Secretaría de Gobernación emitió un comunicado en que destaca la importancia del uso correcto de los símbolos patrios

La Secretaría de Gobernación (Segob) emitió un comunicado en que destaca la importancia del uso correcto de los símbolos patrios, durante los festejos por la Independencia de México.

La Segob hace énfasis en la manufactura, diseño y uso de los símbolos patrios que no deben ser alterados, modificados ni utilizados de manera incorrecta, “por criterio, apreciación, gusto autónomo ni de autoridades, instituciones o cualquier persona en general, por legítimo que sea el mensaje que se desee dar a la sociedad”.

Según los artículos 2, 3, 7 38 y 39 el escudo nacional, el Himno Nacional, la bandera y el canto del himno no deben ser alterados en su ejecución, colores o características.

También, la legislación prohíbe el uso con fines de lucro el Himno Nacional, la bandera o cualquier símbolo nacional, como el águila de la bandera.

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“Compete a la Secretaría de Gobernación vigilar el cumplimiento de esta ley; y en esa función serán sus auxiliares todas las autoridades del país. De acuerdo con esta legislación en su artículo 56, constituyen infracción, entre otras conductas, alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas en el artículo 3".

La Secretaría de Gobernación (Segob) emitió un comunicado en que destaca la importancia del uso correcto de los símbolos patrios, durante los festejos por la Independencia de México.

La Segob hace énfasis en la manufactura, diseño y uso de los símbolos patrios que no deben ser alterados, modificados ni utilizados de manera incorrecta, “por criterio, apreciación, gusto autónomo ni de autoridades, instituciones o cualquier persona en general, por legítimo que sea el mensaje que se desee dar a la sociedad”.

Según los artículos 2, 3, 7 38 y 39 el escudo nacional, el Himno Nacional, la bandera y el canto del himno no deben ser alterados en su ejecución, colores o características.

También, la legislación prohíbe el uso con fines de lucro el Himno Nacional, la bandera o cualquier símbolo nacional, como el águila de la bandera.

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“Compete a la Secretaría de Gobernación vigilar el cumplimiento de esta ley; y en esa función serán sus auxiliares todas las autoridades del país. De acuerdo con esta legislación en su artículo 56, constituyen infracción, entre otras conductas, alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas en el artículo 3".

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