/ jueves 30 de marzo de 2023

Titular de la SEZ no ha cometido falta grave: Nahle

El presidente del Tribunal Superior de Justicia argumenta que la ley sólo contempla una multa

Luego de que el Congreso del Estado decidió llevar a juicio político a la secretaria de Educación, el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Arturo Nahle García, declaró que la falta que se le atribuye a la funcionaria no es grave, por lo que sólo se le debió sancionar con una multa económica de no más de 51 mil 870 pesos según lo marca el Reglamento General del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.

El pasado martes, la Legislatura aprobó la instauración de dicho procedimiento a Maribel Villalpando Haro, por no comparecer ante los diputados durante la pasada glosa del informe del gobernador, David Monreal Ávila, con lo que la funcionaria podría ser inhabilitada o destituida de manera inmediata.

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Al día siguiente, en el espacio radiofónico del periodista Francisco Elizondo, el titular del Poder Judicial expresó sus argumentos en contra de ese juicio político, citando leyes y reglamentos; horas después varios diputados defendieron su decisión en conferencia de prensa e insistieron en sí hay elementos para enjuiciar a Maribel Villalpando Haro.

"El Congreso está comprometido con los grandes temas del estado y uno de ellos es la educación, por eso la relevancia del procedimiento a esta funcionaria”, declaró el diputado Enrique Laviada, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

Aclaró que no se está prejuzgando a la secretaria y agregó que la postura oficial del Poder legislativo, expresada por la mayoría de los diputados, es que “pudiera” haber una falta grave.

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Por su parte el diputado Xerardo Ramírez tras ser cuestionado sobre las declaraciones de Arturo Nahle, explicó que el juicio político se rige de acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos que señala que “procede en contra de los servidores que incurran en actos u omisiones que redundan en perjuicio de los intereses públicos”.

Agregó que la secretaria sí incurrió en ese tipo de omisión pues fue la propia Legislatura la que “emitió la ley orgánica de la administración pública en donde están las funciones específicas de los funcionarios”, como su obligación de comparecer.

El juicio político sólo es para faltas graves: Arturo Nahle

La mañana de ayer miércoles, el magistrado Arturo Nahle refirió que el artículo 199 del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas dice que “los servidores públicos que no asistan a las comparecencias, reuniones de trabajo o de información, se harán acreedores a la multa señalada en la fracción 16 del artículo 22 de la ley orgánica”.

Dicha multa económica debe ser de entre cinco y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 518 y 51 mil 870 pesos “por no haber comparecido”

Agregó que el juicio político sólo se debe aplicar a funcionarios que incurren en faltas graves. Luego citó la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, la cual enlista las faltas graves entre las que no se encuentra el no comparecer ante la legislatura.

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Luego el magistrado apuntó que la Fracción 7 del artículo 49 de la ley referida, estipula que no rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones es una falta no grave.

Reconoció que el Congreso es soberano, pero adelantó que de encontrarse como culpable la funcionaria en el procedimiento de juicio, será el Tribunal Superior de Justicia el que determine el tiempo de inhabilitación.

Finalmente dijo que. de acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin no hay daños, prejuicios, beneficio o lucro, de parte del servidor público, la inhabilitación puede ser solamente de tres meses a un año.

Luego de que el Congreso del Estado decidió llevar a juicio político a la secretaria de Educación, el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Arturo Nahle García, declaró que la falta que se le atribuye a la funcionaria no es grave, por lo que sólo se le debió sancionar con una multa económica de no más de 51 mil 870 pesos según lo marca el Reglamento General del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.

El pasado martes, la Legislatura aprobó la instauración de dicho procedimiento a Maribel Villalpando Haro, por no comparecer ante los diputados durante la pasada glosa del informe del gobernador, David Monreal Ávila, con lo que la funcionaria podría ser inhabilitada o destituida de manera inmediata.

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"El Congreso está comprometido con los grandes temas del estado y uno de ellos es la educación, por eso la relevancia del procedimiento a esta funcionaria”, declaró el diputado Enrique Laviada, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

Aclaró que no se está prejuzgando a la secretaria y agregó que la postura oficial del Poder legislativo, expresada por la mayoría de los diputados, es que “pudiera” haber una falta grave.

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Agregó que la secretaria sí incurrió en ese tipo de omisión pues fue la propia Legislatura la que “emitió la ley orgánica de la administración pública en donde están las funciones específicas de los funcionarios”, como su obligación de comparecer.

El juicio político sólo es para faltas graves: Arturo Nahle

La mañana de ayer miércoles, el magistrado Arturo Nahle refirió que el artículo 199 del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas dice que “los servidores públicos que no asistan a las comparecencias, reuniones de trabajo o de información, se harán acreedores a la multa señalada en la fracción 16 del artículo 22 de la ley orgánica”.

Dicha multa económica debe ser de entre cinco y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, entre 518 y 51 mil 870 pesos “por no haber comparecido”

Agregó que el juicio político sólo se debe aplicar a funcionarios que incurren en faltas graves. Luego citó la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos, la cual enlista las faltas graves entre las que no se encuentra el no comparecer ante la legislatura.

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Reconoció que el Congreso es soberano, pero adelantó que de encontrarse como culpable la funcionaria en el procedimiento de juicio, será el Tribunal Superior de Justicia el que determine el tiempo de inhabilitación.

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