/ viernes 24 de mayo de 2024

CNBV: supervisa liquidez bancaria

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), realiza su función de supervisión a los bancos de nuestro país. En éstas últimas semanas, realizó su análisis sobre los requerimientos de liquidez para las instituciones de banca múltiple en el período que corresponde al primer trimestre del 2024.

La tarea anterior, se realiza conforme las Disposiciones de carácter general sobre los requerimientos de liquidez para los bancos y publica el promedio diario del Coeficiente de Cobertura de Liquidez (CCL) correspondiente al primer trimestre de 2024 (enero a marzo de 2024) y el promedio correspondiente al primer trimestre de 2024 del Coeficiente de Financiamiento Estable Neto (CFEN).

Ahora bien, en el período referido, la medida estadística denominada como mediana del CCL individual promedio diario ascendió a 362 por ciento, mientras que la mediana del CCL consolidado con subsidiarias promedio diario se ubicó en 352 por ciento.

Recordemos que la CNBV, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con facultades en materia de autorización, regulación, supervisión y sanción sobre los diversos sectores y entidades que integran el sistema financiero en México, así como sobre aquellas personas físicas y morales que realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero.

Supervisar y regular a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, y a las personas físicas y demás personas morales cuando realicen actividades previstas en las leyes financieras, a fin de procurar la estabilidad, correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Por otra parte, la medida estadística denominada como mediana del CFEN individual se ubicó en 144 por ciento, mientras que la mediana del CFEN consolidado con subsidiarias se ubicó en 145 por ciento. De esta forma, para el periodo referido todas las instituciones registran estas métricas de liquidez con niveles iguales o superiores al mínimo requerido que corresponde al 100 por ciento.

Las Disposiciones de carácter general sobre los requerimientos de liquidez para instituciones de banca múltiple, en su artículo 8, indican que la CNBV debe hacer la publicación dentro del mes inmediato siguiente a la fecha en que las Instituciones deban realizar la difusión de las notas a los estados financieros.

Las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, en su artículo 180, indican que las instituciones deben difundir las notas a los estados financieros del mes de diciembre dentro de los 90 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

La mediana representa el valor de la variable que ocupa el lugar central en una serie ordenada de datos. Es un estadístico que parte la distribución en dos, dejando la misma cantidad de valores de un lado y del otro. Para calcular la mediana, se ordenan las observaciones de acuerdo con su valor correspondiente y se toma el valor de la observación que está justo en medio.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), realiza su función de supervisión a los bancos de nuestro país. En éstas últimas semanas, realizó su análisis sobre los requerimientos de liquidez para las instituciones de banca múltiple en el período que corresponde al primer trimestre del 2024.

La tarea anterior, se realiza conforme las Disposiciones de carácter general sobre los requerimientos de liquidez para los bancos y publica el promedio diario del Coeficiente de Cobertura de Liquidez (CCL) correspondiente al primer trimestre de 2024 (enero a marzo de 2024) y el promedio correspondiente al primer trimestre de 2024 del Coeficiente de Financiamiento Estable Neto (CFEN).

Ahora bien, en el período referido, la medida estadística denominada como mediana del CCL individual promedio diario ascendió a 362 por ciento, mientras que la mediana del CCL consolidado con subsidiarias promedio diario se ubicó en 352 por ciento.

Recordemos que la CNBV, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con facultades en materia de autorización, regulación, supervisión y sanción sobre los diversos sectores y entidades que integran el sistema financiero en México, así como sobre aquellas personas físicas y morales que realicen actividades previstas en las leyes relativas al sistema financiero.

Supervisar y regular a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, y a las personas físicas y demás personas morales cuando realicen actividades previstas en las leyes financieras, a fin de procurar la estabilidad, correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo de dicho sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Por otra parte, la medida estadística denominada como mediana del CFEN individual se ubicó en 144 por ciento, mientras que la mediana del CFEN consolidado con subsidiarias se ubicó en 145 por ciento. De esta forma, para el periodo referido todas las instituciones registran estas métricas de liquidez con niveles iguales o superiores al mínimo requerido que corresponde al 100 por ciento.

Las Disposiciones de carácter general sobre los requerimientos de liquidez para instituciones de banca múltiple, en su artículo 8, indican que la CNBV debe hacer la publicación dentro del mes inmediato siguiente a la fecha en que las Instituciones deban realizar la difusión de las notas a los estados financieros.

Las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, en su artículo 180, indican que las instituciones deben difundir las notas a los estados financieros del mes de diciembre dentro de los 90 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.

La mediana representa el valor de la variable que ocupa el lugar central en una serie ordenada de datos. Es un estadístico que parte la distribución en dos, dejando la misma cantidad de valores de un lado y del otro. Para calcular la mediana, se ordenan las observaciones de acuerdo con su valor correspondiente y se toma el valor de la observación que está justo en medio.