/ martes 3 de octubre de 2023

En memoria de los caídos

Ayer se cumplió un aniversario más de aquel histórico 2 de octubre, me parece importante que las nuevas generaciones de estudiantes, conozcan hoy la historia y no estén condenados a repetirla. Más allá de las semblanzas sobre el movimiento en el país que cimbró a los mexicanos, hoy se sigue recordando por los ex dirigentes del movimiento para que este tipo de hechos no vuelvan a ocurrir y además tenemos la responsabilidad de preservar la memoria histórica.

El punto medular del pliego de peticiones era el deslindamiento de las responsabilidades que tuvieron en los hechos los elementos policiacos, granaderos y miembros del ejército. Esto por el “bazucazo” que destruyó la puerta principal de la Preparatoria número 1 de la UNAM, la madrugada del 30 de julio de 1968, ejecutado por elementos de la primera Zona Militar bajo el mando del general José Hernández Toledo. por la toma material y ocupación de Ciudad Universitaria el 18 de septiembre, y del Casco de Santo Tomás del Instituto Politécnico.

El análisis jurídico del delito de disolución social (artículo 145 del Código Penal). Tenía una vaga e imprecisa tipificación penal, estableciendo sanciones para quienes difundieran ideas, programas o normas de acción que pudieran perturbar el orden público y tendieran a ocasionar rebelión, asonada o motín. El 145 bis precisaba esas responsabilidades para los delitos de carácter político y los enumeraba.

Los dos artículos fueron derogados en 1970, se supone que fue un posible reconocimiento a las peticiones del movimiento de 1968. Aunque aún está previsto por el artículo 139 del Código Penal el delito de “Terrorismo” que se refiere a la utilización de cualquier tipo de armas que puedan producir alarma, temor o terror. Muchos consideran lo ocurrido en el 68 el segundo movimiento de mayor importancia político-jurídico-social-cultural de México en el siglo XX, después de la revolución mexicana.

Una vergüenza para la historia que el 1 de septiembre de 1969 la aplanadora priista en el Congreso de la Unión aplaudió durante poco más de dos minutos y de pie al presidente Díaz Ordaz, de esa manera agradeció a quienes le otorgaban el perdón histórico por usar la fuerza militar el 2 de octubre del 68.

No debemos olvidar el contexto histórico en los que se dan estos lamentables sucesos, pues quizá la prensa trató de minimizar para que no se magnificará el hecho.

Hasta se dijo que el objetivo era frustrar los XIX Juegos Olímpicos que se realizarían entonces en la Ciudad de México. De ahí la apertura de muchos medios como Excélsior, dirigido por Julio Scherer y el golpe posterior de 1976 ideado por Luis Echeverría, no se explicaría sin el 2 de octubre de 1968.

Ayer se cumplió un aniversario más de aquel histórico 2 de octubre, me parece importante que las nuevas generaciones de estudiantes, conozcan hoy la historia y no estén condenados a repetirla. Más allá de las semblanzas sobre el movimiento en el país que cimbró a los mexicanos, hoy se sigue recordando por los ex dirigentes del movimiento para que este tipo de hechos no vuelvan a ocurrir y además tenemos la responsabilidad de preservar la memoria histórica.

El punto medular del pliego de peticiones era el deslindamiento de las responsabilidades que tuvieron en los hechos los elementos policiacos, granaderos y miembros del ejército. Esto por el “bazucazo” que destruyó la puerta principal de la Preparatoria número 1 de la UNAM, la madrugada del 30 de julio de 1968, ejecutado por elementos de la primera Zona Militar bajo el mando del general José Hernández Toledo. por la toma material y ocupación de Ciudad Universitaria el 18 de septiembre, y del Casco de Santo Tomás del Instituto Politécnico.

El análisis jurídico del delito de disolución social (artículo 145 del Código Penal). Tenía una vaga e imprecisa tipificación penal, estableciendo sanciones para quienes difundieran ideas, programas o normas de acción que pudieran perturbar el orden público y tendieran a ocasionar rebelión, asonada o motín. El 145 bis precisaba esas responsabilidades para los delitos de carácter político y los enumeraba.

Los dos artículos fueron derogados en 1970, se supone que fue un posible reconocimiento a las peticiones del movimiento de 1968. Aunque aún está previsto por el artículo 139 del Código Penal el delito de “Terrorismo” que se refiere a la utilización de cualquier tipo de armas que puedan producir alarma, temor o terror. Muchos consideran lo ocurrido en el 68 el segundo movimiento de mayor importancia político-jurídico-social-cultural de México en el siglo XX, después de la revolución mexicana.

Una vergüenza para la historia que el 1 de septiembre de 1969 la aplanadora priista en el Congreso de la Unión aplaudió durante poco más de dos minutos y de pie al presidente Díaz Ordaz, de esa manera agradeció a quienes le otorgaban el perdón histórico por usar la fuerza militar el 2 de octubre del 68.

No debemos olvidar el contexto histórico en los que se dan estos lamentables sucesos, pues quizá la prensa trató de minimizar para que no se magnificará el hecho.

Hasta se dijo que el objetivo era frustrar los XIX Juegos Olímpicos que se realizarían entonces en la Ciudad de México. De ahí la apertura de muchos medios como Excélsior, dirigido por Julio Scherer y el golpe posterior de 1976 ideado por Luis Echeverría, no se explicaría sin el 2 de octubre de 1968.