/ domingo 16 de febrero de 2020

Los errores penitenciarios

La conferencia de prensa, del pasado jueves, donde diversas autoridades estatales, encabezadas por el secretario general de gobierno, intentaron aclarar los errores cometidos en el internamiento de una mujer en una cárcel varonil dejó ver, al menos en los hechos, tres crisis estructurales que vive el gobierno de Zacatecas.

La primera, que el señor secretario general de gobierno, Jehú Salas Dávila, no tiene la mínima experiencia en el derecho penal, por lo que lo primero que hizo fue afirmar que la cárcel en la que fue recluida la mujer objeto del análisis “es una cárcel distrital y no un penal”.

Por partes, según el “Gran Diccionario Jurídico Especializado de los Grandes Juristas”, la palabra Penal es lo concerniente al derecho penal y lo que le incluye, “es un presidio o penitenciaría”; mientras que el término cárcel se refiere al “edificio público que para la seguridad de los ciudadanos se haya destinado al castigo o rehabilitación de los delincuentes, según los casos, mediante la privación de la libertad y es un establecimiento público destinado a la ejecución de las sanciones privativas de la libertad o la guarda de los procesados”.

Por tanto, un error en la interpretación de quien debe vigilar que se cumpla la Ley es insoslayable cuando de un prominente abogado se trata. Es decir. No sabe del derecho Penal.

La segunda crisis registrada, tiene que ver con la impunidad manifiesta en la toma de las decisiones por parte de los funcionarios, ya que, independientemente de si es un penal, o una cárcel distrital como refiere el funcionario, el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dice a la letra: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”.

Contundente la expresión y por lo tanto hay responsabilidades penales que ahora deberán cumplir varios de los involucrados y funcionarios gubernamentales.

Tercera crisis: Existe una máxima en el mundo de la comunicación que dice que “no puedes resolver con comunicación lo que no tienes resuelto en la realidad”, por lo tanto, la inexperiencia en el manejo de los temas y la falta de sensibilidad de quien conduce la comunicación, llevaron al gobierno al borde del precipicio. Mala reacción en la comunicación y por lo tanto, mal el gobierno en su conjunto. Faltan más cabezas señor gobernador.

La conferencia de prensa, del pasado jueves, donde diversas autoridades estatales, encabezadas por el secretario general de gobierno, intentaron aclarar los errores cometidos en el internamiento de una mujer en una cárcel varonil dejó ver, al menos en los hechos, tres crisis estructurales que vive el gobierno de Zacatecas.

La primera, que el señor secretario general de gobierno, Jehú Salas Dávila, no tiene la mínima experiencia en el derecho penal, por lo que lo primero que hizo fue afirmar que la cárcel en la que fue recluida la mujer objeto del análisis “es una cárcel distrital y no un penal”.

Por partes, según el “Gran Diccionario Jurídico Especializado de los Grandes Juristas”, la palabra Penal es lo concerniente al derecho penal y lo que le incluye, “es un presidio o penitenciaría”; mientras que el término cárcel se refiere al “edificio público que para la seguridad de los ciudadanos se haya destinado al castigo o rehabilitación de los delincuentes, según los casos, mediante la privación de la libertad y es un establecimiento público destinado a la ejecución de las sanciones privativas de la libertad o la guarda de los procesados”.

Por tanto, un error en la interpretación de quien debe vigilar que se cumpla la Ley es insoslayable cuando de un prominente abogado se trata. Es decir. No sabe del derecho Penal.

La segunda crisis registrada, tiene que ver con la impunidad manifiesta en la toma de las decisiones por parte de los funcionarios, ya que, independientemente de si es un penal, o una cárcel distrital como refiere el funcionario, el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dice a la letra: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”.

Contundente la expresión y por lo tanto hay responsabilidades penales que ahora deberán cumplir varios de los involucrados y funcionarios gubernamentales.

Tercera crisis: Existe una máxima en el mundo de la comunicación que dice que “no puedes resolver con comunicación lo que no tienes resuelto en la realidad”, por lo tanto, la inexperiencia en el manejo de los temas y la falta de sensibilidad de quien conduce la comunicación, llevaron al gobierno al borde del precipicio. Mala reacción en la comunicación y por lo tanto, mal el gobierno en su conjunto. Faltan más cabezas señor gobernador.