/ lunes 15 de abril de 2019

Fundación Bill y Melinda Gates a favor de la propiedad intelectual

Tradicionalmente el contenido de la propiedad intelectual (PI) ha sido considerado como la expresión de una sofisticada infraestructura jurídica creada por las naciones ricas para incentivar la innovación y dinamizar las economías avanzadas. Quizás dicha consideración parta de un pensamiento vacío y de poco esfuerzo innovador que pretenda justificar la inoperancia e inobservancia de la protección ofrecida a las creaciones intelectuales, desde una posición alejada de un espíritu verdaderamente creador y original.

Sin embargo, esta postura no dimensiona adecuadamente el papel de la PI a favor del desarrollo de los países más necesitados del planeta, ya que donde quiera que la pobreza, el hambre o las enfermedades requieran de soluciones innovadoras, la PI cumple un cometido importante.

Lo anterior se demuestra en un reciente artículo publicado en la revista de la OMPI por Aline Flower, asesora jurídica asociada de Desarrollo Mundial en la Fundación Bill y Melinda Gates, en el que se pone de manifiesto el trabajo realizado por dicha Fundación en proyectos de desarrollo, donde se aborda de manera explícita la cuestión de la PI para garantizar el éxito del proyecto. Por ello, la asesora jurídica ejemplifica algunos de los casos más conocidos que abarcan actividades en las que es posible que el producto protegido por la PI ya exista en su forma básica y tenga que ser puesto a disposición de la población en los países pobres.

Flower refiere que en la Fundación Bill y Melinda Gates, son conscientes de la importancia de la PI por dos motivos principales. En primer lugar, respetan la PI como activo patrimonial. Si un proyecto propuesto depende de la PI de terceros, exigen a los receptores de una eventual financiación que adopten una estrategia mediante la que se comprometan a obtener de ese tercero derechos de licencia o acuerdos para que no se hagan valer los derechos a fin de poder utilizar la PI ya existente.

En segundo lugar, respetan la PI por su capacidad intrínseca de incentivar la investigación y el desarrollo de productos. En algunos casos, un proyecto exitoso podría dar lugar a una tecnología de valor comercial en mercados del mundo rico (o desarrollado). Dado que los resultados de un proyecto financiado con una subvención de la Fundación son propiedad del beneficiario, la perspectiva de “estar haciendo el bien” y “estar haciéndolo bien” puede alentar a las entidades a presentar propuestas para recibir financiación de la Fundación.

Explica que en esas condiciones llevan por nombre “Acceso Global”. La Fundación exige que los beneficiarios estructuren los proyectos objeto de financiación de modo que contribuyan a alcanzar los objetivos de acceso global de la Fundación. La Fundación garantiza progresivamente la obligación de perseguir fines benéficos mediante la concesión de una licencia transferible y no exclusiva.

Lo dicho… Proteger es ganar!!!

Tradicionalmente el contenido de la propiedad intelectual (PI) ha sido considerado como la expresión de una sofisticada infraestructura jurídica creada por las naciones ricas para incentivar la innovación y dinamizar las economías avanzadas. Quizás dicha consideración parta de un pensamiento vacío y de poco esfuerzo innovador que pretenda justificar la inoperancia e inobservancia de la protección ofrecida a las creaciones intelectuales, desde una posición alejada de un espíritu verdaderamente creador y original.

Sin embargo, esta postura no dimensiona adecuadamente el papel de la PI a favor del desarrollo de los países más necesitados del planeta, ya que donde quiera que la pobreza, el hambre o las enfermedades requieran de soluciones innovadoras, la PI cumple un cometido importante.

Lo anterior se demuestra en un reciente artículo publicado en la revista de la OMPI por Aline Flower, asesora jurídica asociada de Desarrollo Mundial en la Fundación Bill y Melinda Gates, en el que se pone de manifiesto el trabajo realizado por dicha Fundación en proyectos de desarrollo, donde se aborda de manera explícita la cuestión de la PI para garantizar el éxito del proyecto. Por ello, la asesora jurídica ejemplifica algunos de los casos más conocidos que abarcan actividades en las que es posible que el producto protegido por la PI ya exista en su forma básica y tenga que ser puesto a disposición de la población en los países pobres.

Flower refiere que en la Fundación Bill y Melinda Gates, son conscientes de la importancia de la PI por dos motivos principales. En primer lugar, respetan la PI como activo patrimonial. Si un proyecto propuesto depende de la PI de terceros, exigen a los receptores de una eventual financiación que adopten una estrategia mediante la que se comprometan a obtener de ese tercero derechos de licencia o acuerdos para que no se hagan valer los derechos a fin de poder utilizar la PI ya existente.

En segundo lugar, respetan la PI por su capacidad intrínseca de incentivar la investigación y el desarrollo de productos. En algunos casos, un proyecto exitoso podría dar lugar a una tecnología de valor comercial en mercados del mundo rico (o desarrollado). Dado que los resultados de un proyecto financiado con una subvención de la Fundación son propiedad del beneficiario, la perspectiva de “estar haciendo el bien” y “estar haciéndolo bien” puede alentar a las entidades a presentar propuestas para recibir financiación de la Fundación.

Explica que en esas condiciones llevan por nombre “Acceso Global”. La Fundación exige que los beneficiarios estructuren los proyectos objeto de financiación de modo que contribuyan a alcanzar los objetivos de acceso global de la Fundación. La Fundación garantiza progresivamente la obligación de perseguir fines benéficos mediante la concesión de una licencia transferible y no exclusiva.

Lo dicho… Proteger es ganar!!!

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