/ viernes 16 de febrero de 2024

La oralidad como medio para argumentar

A partir de la trascendente Reforma Constitucional del 18 de junio del año 2008, que fue un paradigma en la implementación del Sistema de Justicia Penal en nuestro país, es sumamente importante por los principios y herramientas con que se instrumenta , en un primer momento, se interpretaba a la oralidad como un principio, por medio del que se llevaban a cabo los Juicios Orales, sin embargo el artículo 20 Constitucional en su primer renglón y en la parte introductoria ha dejado claro que no es un principio sino una característica.

Toda vez que se señala que “El proceso penal será acusatorio y Oral “y ¿qué significa que sea oral la tramitación del proceso?, no solo que se hable por hablar o que se digan de manera verbal las palabras únicamente.

Su antecedente deviene desde la cultura greco-romana donde se cuenta con la retórica, que es el arte de la persuasión, así como con la oratoria que utiliza la palabra y las habilidades comunicativas, sin duda alguna la reforma penal trajo como consecuencia el cambio radical a la tramitación de los casos a través de audiencia orales, lo que representa un antes y después en el trámite de los procesos legales. Así posterior a esta reforma penal vinieron los Juicios Orales en materia Mercantil, Laboral y actualmente con la reforma a los procedimientos Civiles y Familiares que está en la vacatio legis para la implementación de la misma, lo que sin duda significa grandes áreas de oportunidad para los abogados para poder exponer oralmente nuestras peticiones, así como exponer la argumentación para debatir según los intereses de la parte que representamos, y persuadir o convencer a los jueces.

Debemos desarrollar habilidades comunicacionales, lenguaje verbal y corporal, la seguridad, conocimiento del caso y la confianza al presentar nuestros argumentos en audiencias orales, saber el momento en que se puede debatir o no hacerlo, según la fase procesal en que nos encontremos. Esto debe tener una metodología, una estructura, un orden sistemático que es necesario aprenderlo:

Lo resaltaré en los siguientes puntos:

Conocer el caso y desarrollar una estructura cronológica del mismo

Dominar las técnicas oratorias de hablar en público

Formulación de la teoría del caso, que es conocida como la guía a seguir, el camino que llevaremos para presentar el caso, podríamos decir que es una metodología de trabajo, según el papel que desempeñemos, (Fiscales, asesores jurídicos, defensores y Juez)

El objetivo principal debe ser:

La búsqueda de la verdad, que según Michelle Taruffo es “lo que corresponde a la realidad “la pregunta básica es saber ¿qué fue lo que paso?, además de

La protección de los derechos fundamentales de las partes involucradas en el procedimiento según la materia que se trate.

Sin embargo, la reforma Constitucional en materia penal, también nos trajo un cambio de una mentalidad formal a una cultura de una investigación des formalizada, que puede ser llevada por las partes formales en el proceso, en la que existen principios Constitucionales o “reglas del juego” que se deben observar en todo momento dentro de los procesos, bajo pena de que sean nulos aquellos actos que se hayan llevado con la violación de alguno de estos principios.

La ventaja de un sistema Oral, radica en que las partes presentes en las audiencias, ven todo lo que sucede durante el proceso, escuchan lo que dicen todos los intervinientes, pueden hablar y exponer sus dudas o preguntas, además que, lo más importante es que el Juez ve directamente a las partes materiales es decir a los ciudadanos involucrados en el asunto, y que ellos a su vez ven al Juez que les resuelve su caso, incluso que en Juicio Oral que será donde se resolverá en definitiva será el mismo juzgador quien les explicará de manera sintética y sencilla a la persona que se le dicta Sentencia en el sentido que se haya resuelto. Esto sin duda, garantiza la mejor aplicación de la justicia con transparencia, legalidad y seguridad jurídica.

A partir de la trascendente Reforma Constitucional del 18 de junio del año 2008, que fue un paradigma en la implementación del Sistema de Justicia Penal en nuestro país, es sumamente importante por los principios y herramientas con que se instrumenta , en un primer momento, se interpretaba a la oralidad como un principio, por medio del que se llevaban a cabo los Juicios Orales, sin embargo el artículo 20 Constitucional en su primer renglón y en la parte introductoria ha dejado claro que no es un principio sino una característica.

Toda vez que se señala que “El proceso penal será acusatorio y Oral “y ¿qué significa que sea oral la tramitación del proceso?, no solo que se hable por hablar o que se digan de manera verbal las palabras únicamente.

Su antecedente deviene desde la cultura greco-romana donde se cuenta con la retórica, que es el arte de la persuasión, así como con la oratoria que utiliza la palabra y las habilidades comunicativas, sin duda alguna la reforma penal trajo como consecuencia el cambio radical a la tramitación de los casos a través de audiencia orales, lo que representa un antes y después en el trámite de los procesos legales. Así posterior a esta reforma penal vinieron los Juicios Orales en materia Mercantil, Laboral y actualmente con la reforma a los procedimientos Civiles y Familiares que está en la vacatio legis para la implementación de la misma, lo que sin duda significa grandes áreas de oportunidad para los abogados para poder exponer oralmente nuestras peticiones, así como exponer la argumentación para debatir según los intereses de la parte que representamos, y persuadir o convencer a los jueces.

Debemos desarrollar habilidades comunicacionales, lenguaje verbal y corporal, la seguridad, conocimiento del caso y la confianza al presentar nuestros argumentos en audiencias orales, saber el momento en que se puede debatir o no hacerlo, según la fase procesal en que nos encontremos. Esto debe tener una metodología, una estructura, un orden sistemático que es necesario aprenderlo:

Lo resaltaré en los siguientes puntos:

Conocer el caso y desarrollar una estructura cronológica del mismo

Dominar las técnicas oratorias de hablar en público

Formulación de la teoría del caso, que es conocida como la guía a seguir, el camino que llevaremos para presentar el caso, podríamos decir que es una metodología de trabajo, según el papel que desempeñemos, (Fiscales, asesores jurídicos, defensores y Juez)

El objetivo principal debe ser:

La búsqueda de la verdad, que según Michelle Taruffo es “lo que corresponde a la realidad “la pregunta básica es saber ¿qué fue lo que paso?, además de

La protección de los derechos fundamentales de las partes involucradas en el procedimiento según la materia que se trate.

Sin embargo, la reforma Constitucional en materia penal, también nos trajo un cambio de una mentalidad formal a una cultura de una investigación des formalizada, que puede ser llevada por las partes formales en el proceso, en la que existen principios Constitucionales o “reglas del juego” que se deben observar en todo momento dentro de los procesos, bajo pena de que sean nulos aquellos actos que se hayan llevado con la violación de alguno de estos principios.

La ventaja de un sistema Oral, radica en que las partes presentes en las audiencias, ven todo lo que sucede durante el proceso, escuchan lo que dicen todos los intervinientes, pueden hablar y exponer sus dudas o preguntas, además que, lo más importante es que el Juez ve directamente a las partes materiales es decir a los ciudadanos involucrados en el asunto, y que ellos a su vez ven al Juez que les resuelve su caso, incluso que en Juicio Oral que será donde se resolverá en definitiva será el mismo juzgador quien les explicará de manera sintética y sencilla a la persona que se le dicta Sentencia en el sentido que se haya resuelto. Esto sin duda, garantiza la mejor aplicación de la justicia con transparencia, legalidad y seguridad jurídica.