/ lunes 14 de junio de 2021

El peritaje de la Línea 12

En una de las colaboraciones pasadas anotábamos que en cualquier acto ilícito, sea este de naturaleza penal, civil, administrativo o de cualquier índole, se deben establecer tres elementos para que se considere que éste existe, desde el punto de vista jurídico: una conducta humana (acción u omisión), un daño a un bien jurídico y una relación de causalidad (entre ese actuar humano y la lesión correspondiente).

También comentamos, a propósito del ya famoso caso del derrumbamiento de la Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, y que ocasionó la pérdida de vidas humanas y estropicios materiales, que, en tratándose de perjuicios causados por el derrumbe de una construcción o edificación, esa relación de causalidad debería establecerse por un peritaje técnico, el cual sólo podría determinar que los orígenes se deben buscar en: a) errores en el diseño de la obra, b) deficiencias en la ejecución, c) falta adecuada de mantenimiento, c) una causa externa (un terremoto, movimiento inusual de tierra, etcétera), o bien d) una combinación de los anteriores factores.

En la semana que pasó, se han filtrado ya diversas conclusiones a que llegaron los peritos de la empresa noruega – alemana DNV que realizaron el estudio técnico correspondiente, y quienes han determinado básicamente que la tragedia por el derrumbe de las trabes se debió a una “falla estructural de origen”, consecuencia de las decisiones que se tomaron en la construcción tanto por los funcionarios públicos responsables de la obra, como de las compañías privadas que ejecutaron los trabajos correspondientes, es decir, se está apuntando hacia quienes fueron los responsables de ejecutar y construir los proyectos respectivos. En otra parte del estudio ingenieril en comento también se enfila hacia “cambios en el diseño original de la obra”, relacionado con el proyecto estructural, donde se habrían modificado algunas de las especificaciones técnicas que darían el adecuado soporte y durabilidad, como lo fue el cambio del uso de concreto sobre el acero. Se concluye que al haberse privilegiado el uso del acero sobre el concreto, y al haberse utilizado juntas de acero de una calidad menor a la necesaria, con fallas en la soldadura, grosor y calidad de los tornillos, y otros detalles, se provocó que las estructuras se vencieran al no soportar el peso tanto de las trabes como de los trenes que circulaban.

El New York Times hizo su investigación propia, y consultando a varios expertos, ha publicado: pernos metálicos de ínfima calidad, deficiencias en la soldadura, ejecución de la obra sin tener el proyecto ejecutivo terminado, cambios sobre el camino sin el adecuado respaldo técnico, un patrón de oportunismo político, obras descuidadas durante la construcción y prisas políticas por entregar la obra.

Conforme a lo establecido hasta ahora, podemos especular válidamente que el desastre aludido se debió por lo menos a errores de diseño y deficiencias graves en la ejecución de la obra correspondiente, ocasionados ambos probablemente por la prisas políticas relacionadas con inauguraciones prematuras, a la par de una desatención en el mantenimiento debido, no obstante de multiplicidad de avisos sobre las evidentes fallas, por lo que llegar a los responsables jurídicos sólo es cuestión de voluntad.

Por otro lado, este “incidente” (como despectivamente se le llamó) seguramente va a provocar un cataclismo político difícil de prever, salvo por la caída, también prematura, de dos de los precandidatos presidenciales para 2024 y actores principalísimos de este drama legal.

En una de las colaboraciones pasadas anotábamos que en cualquier acto ilícito, sea este de naturaleza penal, civil, administrativo o de cualquier índole, se deben establecer tres elementos para que se considere que éste existe, desde el punto de vista jurídico: una conducta humana (acción u omisión), un daño a un bien jurídico y una relación de causalidad (entre ese actuar humano y la lesión correspondiente).

También comentamos, a propósito del ya famoso caso del derrumbamiento de la Línea 12 del Metro de la Ciudad de México, y que ocasionó la pérdida de vidas humanas y estropicios materiales, que, en tratándose de perjuicios causados por el derrumbe de una construcción o edificación, esa relación de causalidad debería establecerse por un peritaje técnico, el cual sólo podría determinar que los orígenes se deben buscar en: a) errores en el diseño de la obra, b) deficiencias en la ejecución, c) falta adecuada de mantenimiento, c) una causa externa (un terremoto, movimiento inusual de tierra, etcétera), o bien d) una combinación de los anteriores factores.

En la semana que pasó, se han filtrado ya diversas conclusiones a que llegaron los peritos de la empresa noruega – alemana DNV que realizaron el estudio técnico correspondiente, y quienes han determinado básicamente que la tragedia por el derrumbe de las trabes se debió a una “falla estructural de origen”, consecuencia de las decisiones que se tomaron en la construcción tanto por los funcionarios públicos responsables de la obra, como de las compañías privadas que ejecutaron los trabajos correspondientes, es decir, se está apuntando hacia quienes fueron los responsables de ejecutar y construir los proyectos respectivos. En otra parte del estudio ingenieril en comento también se enfila hacia “cambios en el diseño original de la obra”, relacionado con el proyecto estructural, donde se habrían modificado algunas de las especificaciones técnicas que darían el adecuado soporte y durabilidad, como lo fue el cambio del uso de concreto sobre el acero. Se concluye que al haberse privilegiado el uso del acero sobre el concreto, y al haberse utilizado juntas de acero de una calidad menor a la necesaria, con fallas en la soldadura, grosor y calidad de los tornillos, y otros detalles, se provocó que las estructuras se vencieran al no soportar el peso tanto de las trabes como de los trenes que circulaban.

El New York Times hizo su investigación propia, y consultando a varios expertos, ha publicado: pernos metálicos de ínfima calidad, deficiencias en la soldadura, ejecución de la obra sin tener el proyecto ejecutivo terminado, cambios sobre el camino sin el adecuado respaldo técnico, un patrón de oportunismo político, obras descuidadas durante la construcción y prisas políticas por entregar la obra.

Conforme a lo establecido hasta ahora, podemos especular válidamente que el desastre aludido se debió por lo menos a errores de diseño y deficiencias graves en la ejecución de la obra correspondiente, ocasionados ambos probablemente por la prisas políticas relacionadas con inauguraciones prematuras, a la par de una desatención en el mantenimiento debido, no obstante de multiplicidad de avisos sobre las evidentes fallas, por lo que llegar a los responsables jurídicos sólo es cuestión de voluntad.

Por otro lado, este “incidente” (como despectivamente se le llamó) seguramente va a provocar un cataclismo político difícil de prever, salvo por la caída, también prematura, de dos de los precandidatos presidenciales para 2024 y actores principalísimos de este drama legal.