/ miércoles 21 de marzo de 2018

Constitución y política valores básicos de la democracia (addenda)

La reforma constitucional del artículo 28 se encuadra en la reforma del Estado. Pero más allá de la discusión que concierne a las ventajas o desventajas de una banca privatizada o estatizada, conviene retomar un tema central: qué de la constitución de 1917 se mantiene o se cancela con el proceso reformador del Estado.

Se ha observado que en lo que va del siglo XX el Estado ha desempeñado diversos papeles, en todos los casos acordes con la solución de los problemas específicos que se planteaban como desafío. Así, se ha transitado del Estado protector al Estado productor y, según la tendencia apunta hoy, éste se está transformando en Estado promotor.

Tales cambios se explican en función de las responsabilidades que el Estado asume, y de los procedimientos adoptados para serles frente. Resulta evidente que en una primera fase del desarrollo del Estado emanado de la Revolución, ocupaba una tarea central reivindicar a una sociedad cuyos derechos habían sido sistemáticamente preteridos. Esa labor llevó a que, en aras de la tutela de los derechos, fundamentalmente de la clase trabajadora, el Estado desempeñara un papel creciente en labores productivas. Era natural. Después de garantizar los derechos de los trabajadores frente a terceros, se hizo necesario asegurar que las fuentes de trabajo no se cerraran, cuando tal podía ser la consecuencia natural de la explotación estrictamente mercantil de una empresa. Luego, la presión resultante de un incontenido crecimiento demográfico, obligó no sólo a preservar lo existente sino a ampliar el horizonte del mercado de trabajo, esto hizo el Estado como parte de su responsabilidad, pero también ante la irresponsabilidad de una clase empresarial frágil, impreparada y, muchas veces voraz.

Las condiciones han cambiado. Hoy el Estado productor puede ceder su lugar al Estado promotor. Ya existe conciencia de respeto por los derechos de los trabajadores, y estos cuentan asimismo con la experiencia y la organización necesarias para ejercer su propia defensa con éxito. Además, ha crecido en número y preparación una clase empresarial moderna. A este último fenómeno ha contribuido decisivamente el desarrollo de la educación superior en el país, a la que de las condiciones de una nueva sociedad fueron construyéndose a partir de un perfil de responsabilidades que culminó su ciclo. El cambio que se está produciendo, es, pues, tan natural como necesario.

Dentro de este proceso es explicable la preocupación que los mexicanos tenemos por no alejarnos de los postulados de la Revolución. Reiterarlos se significaría caer, de nueva cuenta en los excesos antisociales de una oligarquía (plutocrática y burocrática) que fatalmente nos llevaría a recorrer otra vez las etapas de la justicia global, primero, y de la explosión social, después.

Evitar que ese proceso se repita es acto de congruencia ideológica y de pragmatismo político. De ahí que los puntos de referencia que nos ofrecen la Revolución de 1910 y la Constitución de 1919 resultan indispensables. La racionalidad del Estado proviene de la razón de Estado. La concertación sensata está antes que la imposición violenta.

La reforma constitucional del artículo 28 se encuadra en la reforma del Estado. Pero más allá de la discusión que concierne a las ventajas o desventajas de una banca privatizada o estatizada, conviene retomar un tema central: qué de la constitución de 1917 se mantiene o se cancela con el proceso reformador del Estado.

Se ha observado que en lo que va del siglo XX el Estado ha desempeñado diversos papeles, en todos los casos acordes con la solución de los problemas específicos que se planteaban como desafío. Así, se ha transitado del Estado protector al Estado productor y, según la tendencia apunta hoy, éste se está transformando en Estado promotor.

Tales cambios se explican en función de las responsabilidades que el Estado asume, y de los procedimientos adoptados para serles frente. Resulta evidente que en una primera fase del desarrollo del Estado emanado de la Revolución, ocupaba una tarea central reivindicar a una sociedad cuyos derechos habían sido sistemáticamente preteridos. Esa labor llevó a que, en aras de la tutela de los derechos, fundamentalmente de la clase trabajadora, el Estado desempeñara un papel creciente en labores productivas. Era natural. Después de garantizar los derechos de los trabajadores frente a terceros, se hizo necesario asegurar que las fuentes de trabajo no se cerraran, cuando tal podía ser la consecuencia natural de la explotación estrictamente mercantil de una empresa. Luego, la presión resultante de un incontenido crecimiento demográfico, obligó no sólo a preservar lo existente sino a ampliar el horizonte del mercado de trabajo, esto hizo el Estado como parte de su responsabilidad, pero también ante la irresponsabilidad de una clase empresarial frágil, impreparada y, muchas veces voraz.

Las condiciones han cambiado. Hoy el Estado productor puede ceder su lugar al Estado promotor. Ya existe conciencia de respeto por los derechos de los trabajadores, y estos cuentan asimismo con la experiencia y la organización necesarias para ejercer su propia defensa con éxito. Además, ha crecido en número y preparación una clase empresarial moderna. A este último fenómeno ha contribuido decisivamente el desarrollo de la educación superior en el país, a la que de las condiciones de una nueva sociedad fueron construyéndose a partir de un perfil de responsabilidades que culminó su ciclo. El cambio que se está produciendo, es, pues, tan natural como necesario.

Dentro de este proceso es explicable la preocupación que los mexicanos tenemos por no alejarnos de los postulados de la Revolución. Reiterarlos se significaría caer, de nueva cuenta en los excesos antisociales de una oligarquía (plutocrática y burocrática) que fatalmente nos llevaría a recorrer otra vez las etapas de la justicia global, primero, y de la explosión social, después.

Evitar que ese proceso se repita es acto de congruencia ideológica y de pragmatismo político. De ahí que los puntos de referencia que nos ofrecen la Revolución de 1910 y la Constitución de 1919 resultan indispensables. La racionalidad del Estado proviene de la razón de Estado. La concertación sensata está antes que la imposición violenta.

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